Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-24539)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284

Lunes 25 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 158306

Tercera.
Las solicitudes deberán incluir:
Curriculum vitae, conforme al anexo III, en el que figuren títulos académicos, puestos
de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas, y cualquier otra
información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y de las competencias
profesionales.
Justificación por escrito de la idoneidad para el puesto al que aspira, en relación con
los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
La cumplimentación del cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las
competencias directivas de conformidad con el anexo IV.
Expediente personal obtenido del Portal Funciona y/o certificado acreditativo en el
que consten las anotaciones relativas a las relaciones de servicios, situación
administrativa, puestos desempeñados, titulación y formación, asimismo se podrán
aportar documentos acreditativos de las competencias evaluables que se considere
oportuno poner de manifiesto.
Cuarta.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido
para el puesto, la presente convocatoria incluye la celebración de entrevistas a las
personas candidatas que cumplan con los requisitos establecidos para ocupar el puesto
de trabajo.
La selección se realizará con base en criterios de idoneidad, competencia profesional
y experiencia. Para la valoración de las competencias profesionales evaluables, este
órgano convocante actuará asesorado, al menos, por dos personas expertas en las
materias específicas del puesto o en procesos de selección de directivos públicos, que
estarán presentes en las entrevistas y deberán emitir un informe de valoración de las
candidaturas presentadas.
Quinta.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del
demandante, a elección del mismo, conforme a lo establecido en los artículos 10.1.i)
y 14.1 segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso de
reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2024-24539
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 15 de noviembre de 2024.–La Subsecretaria de Vivienda y Agenda Urbana,
Llanos Castellanos Garijo.