Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24562)
Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Dirección General de Vivienda y Suelo, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio con la Entidad Pública Empresarial de Suelo, para la promoción de viviendas en régimen de alquiler asequible o social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 25 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 158585

Públicas, y, en su caso, con intervención de la iniciativa privada, para la promoción del
alquiler asequible o social para personas o unidades de convivencia con ingresos
limitados en ámbitos territoriales en los que exista un mayor desajuste entre la evolución
de los precios de la vivienda y las posibilidades de acceder a una vivienda atendiendo a
las características locales del mercado del alquiler, en contextos caracterizados por la
insuficiencia de oferta de vivienda a precios asequibles o sociales para atender la
demanda de vivienda existente.
El destino de la financiación del convenio, establecido en el punto 2 de la estipulación
cuarta, es la compensación a SEPES por el valor del suelo, la urbanización de los
ámbitos urbanísticos hasta la adquisición de la condición de solar, los proyectos y en su
caso concurso de proyectos, así como la promoción y cualquier otra adquisición, gestión
o actividad inherente al proceso de consecución de las viviendas para ser destinadas al
alquiler asequible o social sobre los suelos de SEPES, o que adquiera SEPES, que se
adscriban y se desarrollen dentro del «Plan de viviendas para el alquiler asequible»,
incluidas las tasas, impuestos y cargas tributarias y los gastos generales de la propia
Entidad (13 %). Pudiendo destinarse, asimismo, si así lo acuerda el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y a propuesta de la Comisión de Seguimiento
del convenio, a abonar los importes generados por las obligaciones o incidencias que
pudieran derivarse de la ejecución de los acuerdos administrativos o de los derechos de
superficie constituidos sobre terrenos de su titularidad, desarrolladas en el marco de este
convenio para actuaciones del Plan de viviendas para el alquiler asequible, a los que se
refiere el apartado segundo de la estipulación segunda.
2. Mediante adenda de 11 de abril de 2023 (BOE de 1 de mayo de 2023) se
modificó el convenio ampliando su objeto y el destino de la financiación. En lo que
concierne al objeto, se posibilitó incorporar aquellas actuaciones para la promoción del
alquiler asequible o social para personas o unidades de convivencia con ingresos
limitados, en su caso con intervención de la iniciativa privada, que contribuyan al
equilibrio territorial y/o al Reto Demográfico, que se desarrollen en suelo dotacional que
admita uso residencial para viviendas o alojamientos dotacionales en equipamientos
locales, o que provoquen sinergias positivas con ámbitos de actividad económica
cercanos. En lo que concierne al destino de la financiación, esta adenda amplió los
posibles destinos de su financiación, permitiendo aplicarla también a la promoción y
construcción de las viviendas.
3. La estipulación cuarta del convenio regula su financiación y establece en su
apartado 3 que las futuras consignaciones presupuestarias para el Plan incluidas en las
sucesivas leyes de presupuestos generales del Estado serán objeto de adendas al
convenio.
La estipulación quinta del convenio establece que el reparto entre las distintas
actuaciones de los fondos que se transfieran desde el entonces Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (actual Ministerio de Vivienda y Agenda
Urbana) a SEPES, Entidad Pública Empresarial de Suelo, en futuros ejercicios en virtud
de adendas al convenio será acordado de forma conjunta y en todo momento por el
Ministerio y SEPES, a través de la Comisión de Seguimiento del convenio.
Por otra parte, la estipulación decimocuarta del convenio señala que solo podrá ser
modificado por acuerdo unánime de los firmantes previo cumplimiento de todos los
trámites y requisitos que resulten preceptivos.
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023 incluyó en el presupuesto del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, la aplicación 17.09.261N.871 «SEPES. (Plan de viviendas para alquiler
asequible)» dotada con 260.000.000 de euros.
Este importe fue transferido a SEPES durante el año 2023 en aplicación de la
referida adenda.
4. El Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales crea el Ministerio de
Vivienda y Agenda Urbana.

cve: BOE-A-2024-24562
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Núm. 284