Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-24500)
Resolución de 2 de octubre de 2024, del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Sábado 23 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 158081

de relaciones con Instituciones/Entidades Colaboradoras, que permitan completar el
proceso formativo del alumnado con una puesta en práctica de los conocimientos
teóricos adquiridos, mediante la realización de prácticas externas, que faciliten la
posterior incorporación al mundo laboral.
Que el CEDEX, dispone para el desarrollo de su actividad de instalaciones y
personal con un alto grado de especialización en las diferentes disciplinas de la
ingeniería civil y su medio ambiente asociado, y considera muy valiosa una aproximación
entre el mundo de la Administración y el universitario.
Que la URJC está interesada en establecer un Programa de Cooperación con
el CEDEX para la realización de prácticas académicas externas de los estudiantes
matriculados en la misma, incluyéndose la realización de Trabajos Fin de Grado,
Trabajos Fin de Máster, Proyectos Fin de Carrera o Tesis Doctorales (en adelante TFG,
TFM, PFC, TD).
Que el CEDEX está interesado en colaborar con la Universidad y que por tanto es
deseo de ambas partes establecer por medio del presente documento un convenio para la
realización de programas de formación práctica para los alumnos de la URJC en el CEDEX.
Que tanto el CEDEX como la URJC son poderes adjudicadores en virtud de lo
dispuesto en los artículos 3.2.a) y 3.3.c de la Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de
Contratos del Sector Público. A los efectos del cumplimiento del artículo 6.1 de esta ley
que determina la exclusión del convenio de su ámbito de aplicación, ambas entidades se
acreditan recíprocamente previamente a su firma que carecen de vocación de mercado
en las actividades objeto de la colaboración y en los términos previstos en la letra a) de
dicho artículo, quedando incorporado al expediente del convenio las certificaciones
expedidas por ambas partes.
Que, en virtud de lo anterior, las entidades firmantes han decidido suscribir el
presente convenio, al amparo del RD 592/2014 de 11 de julio de la Ley 2/2023 de 22 de
marzo, del Sistema Universitario y de las normas particulares internas de la URJC, con
arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
El presente convenio tiene por objeto la participación del CEDEX en la formación
práctica de los estudiantes de la URJC en alguno de los Centros o Laboratorios (en
adelante centros de trabajo), así como la colaboración con dicha Universidad en temas
que resulten de interés mutuo.
Las condiciones particulares de cada práctica amparada por el presente convenio se
establecen en sendos anexos I y II, que constituyen respectivamente los proyectos
formativos concretos a desarrollar en cada caso y las prácticas de carácter individual.
El presente convenio queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público, tiene naturaleza administrativa y queda
sometido al régimen jurídico previsto en el capítulo VI del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Conforme a lo antedicho, podrán realizar estas prácticas, al amparo de este
convenio, los alumnos de la URJC que cumplan los requisitos establecidos por la
legislación vigente.
Tercera.
La URJC nombrará un Tutor Académico, profesor de alguna de las materias
relacionadas con el proyecto formativo a desarrollar, que tendrá como función el

cve: BOE-A-2024-24500
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.