Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Ganadería. Control del rendimiento. (BOE-A-2024-24441)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se corrigen errores en la de 31 de octubre de 2024, por la que se publican las recomendaciones del Comité Internacional para el Control del Rendimiento Animal, de acuerdo con las instrucciones de aplicación de las mismas establecidas por la Comisión Nacional de Control Lechero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282

Viernes 22 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 157648

Debe decir:
«1.7 Método T4 en 3 ordeños (3x).
1.8 Método aplicado en explotaciones con robot de ordeño.
2.1.1 Animales que se controlan.
2.1.3 Tipos de medidores.».
En la página 143104, donde dice:
«2.1.5 Escala de medida {XE "7.1.4. Escala de medida"}.
2.1.6 Periodicidad de medición {XE "7.1.5. Periodicidad de medición"}.
2.1.7 Calibración o contrastación de medidores {XE "7.1.6. Contrastación de
medidores"}:
2.1.8 Codificación de incidencias en los controles {XE "7.1.7. Codificación de
incidencias en los controles"}:».
Debe decir:
«2.1.5 Escala de medida.
2.1.6 Periodicidad de medición.
2.1.7 Calibración o contrastación de medidores:
2.1.8 Codificación de incidencias en los controles:».
En la página 143105, donde dice:
«2.2 Datos de control del rendimiento lechero. Los controladores autorizados o el
responsable de realizar el autocontrol recogerán, directa o indirectamente a través de la
información del programa de cría, cada vez que realicen un control, los siguientes datos:
{XE "7.3. Datos Obligatorios"}.
2.2.1.2 Fecha de control {XE "7.3.1. Fecha de control"}.
2.2.1.3 Identificación del controlador autorizado {XE "7.3.2. Identificación del
controlador"}.».
Debe decir:
«2.2 Datos de control del rendimiento lechero. Los controladores autorizados o el
responsable de realizar el autocontrol recogerán, directa o indirectamente a través de la
información del programa de cría, cada vez que realicen un control, los siguientes datos:
2.2.1.2 Fecha de control.
2.2.1.3 Identificación del controlador autorizado.».
En la página 143106, donde dice:
«2.2.1.5 Método de recogida de producción y de muestra {XE "7.3.3. Estatus de
ordeño"}.
2.2.1.6 Horarios de ordeño e intervalo horario {XE "7.3.4. Intervalo horario"}.».

«2.2.1.5 Método de recogida de producción y de muestra.
2.2.1.6 Horarios de ordeño e intervalo horario.».
En la página 143107, donde dice:
«2.2.1.7

Identificación de los animales {XE "7.3.5. Identificación de los animales"}.».

Debe decir:
«2.2.1.7

Identificación de los animales.

cve: BOE-A-2024-24441
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Debe decir: