Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-24412)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 22 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 157301
página web https://pdi.uva.es. En dichas listas figurarán las personas aspirantes
identificadas según lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
4.2 Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación en el BOCYL de la resolución aludida en la
base 4.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión en
las relaciones de personas admitidas y excluidas. El procedimiento de subsanación se
realizará accediendo al mismo expediente en el que se tramitó la solicitud, a través de la
Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid-Carpeta ciudadana (oficina virtual)Trámites pendientes y anexando la documentación necesaria para la subsanación de las
causas que motivan su exclusión o alegando la omisión.
Aquellas personas que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o
aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de personas
admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas. En todo
caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse éstos, de posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, se deberá comprobar fehacientemente, no sólo que no
figuran recogidos en la relación de personas excluidas, sino, además, que sus nombres
constan en la pertinente relación de personas admitidas.
La resolución que eleve a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas
será objeto de publicación en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Universidad de
Valladolid y en su página web. Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa y,
consiguientemente, aquellas personas definitivamente excluidas podrán interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de
Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses.
Potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el Rectorado de la
Universidad, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación. En este caso,
no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado, hasta
que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de
reposición.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión por causa imputable la persona interesada. Únicamente en el caso de que la
Universidad publicase modificaciones del anexo I de la convocatoria que afecten a la
plaza convocada, se procedería al reintegro de las tasas una vez que se solicite, en el
nuevo plazo concedido para la presentación de solicitudes en la modificación de la
convocatoria, justificando el pago y comunicando el IBAN del número de su cuenta
bancaria a la que realizar la devolución. En este caso la solicitud de devolución implicaría
el desistimiento a la participación en el concurso.
5.
Comisiones de Selección
5.1 Las Comisiones de Selección están formadas por los miembros que figuran en
el anexo II de la presente resolución, cuyo nombramiento se efectúa por este Rectorado,
a propuesta de la Comisión de Profesorado, oído el Departamento afectado, conforme a
la normativa vigente.
5.2 El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo
cuando concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma.
En este caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado.
5.3 Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de la
Comisión, o éstos abstenerse, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas
en el artículo 23.2 de la LRJSP y el RD 678/2023. El escrito de abstención o recusación
se dirigirá al Rector de la Universidad quien, a la vista de las manifestaciones efectuadas
por el miembro de la Comisión, resolverá en el plazo de tres días hábiles, previos los
informes y comprobaciones que considere oportunos.
5.4 Las Comisiones de Selección deberán constituirse de forma telemática en el
plazo de diez días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la presente
cve: BOE-A-2024-24412
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 282
Viernes 22 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 157301
página web https://pdi.uva.es. En dichas listas figurarán las personas aspirantes
identificadas según lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
4.2 Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación en el BOCYL de la resolución aludida en la
base 4.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión en
las relaciones de personas admitidas y excluidas. El procedimiento de subsanación se
realizará accediendo al mismo expediente en el que se tramitó la solicitud, a través de la
Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid-Carpeta ciudadana (oficina virtual)Trámites pendientes y anexando la documentación necesaria para la subsanación de las
causas que motivan su exclusión o alegando la omisión.
Aquellas personas que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o
aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de personas
admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas. En todo
caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse éstos, de posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, se deberá comprobar fehacientemente, no sólo que no
figuran recogidos en la relación de personas excluidas, sino, además, que sus nombres
constan en la pertinente relación de personas admitidas.
La resolución que eleve a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas
será objeto de publicación en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Universidad de
Valladolid y en su página web. Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa y,
consiguientemente, aquellas personas definitivamente excluidas podrán interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de
Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses.
Potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el Rectorado de la
Universidad, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación. En este caso,
no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado, hasta
que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de
reposición.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión por causa imputable la persona interesada. Únicamente en el caso de que la
Universidad publicase modificaciones del anexo I de la convocatoria que afecten a la
plaza convocada, se procedería al reintegro de las tasas una vez que se solicite, en el
nuevo plazo concedido para la presentación de solicitudes en la modificación de la
convocatoria, justificando el pago y comunicando el IBAN del número de su cuenta
bancaria a la que realizar la devolución. En este caso la solicitud de devolución implicaría
el desistimiento a la participación en el concurso.
5.
Comisiones de Selección
5.1 Las Comisiones de Selección están formadas por los miembros que figuran en
el anexo II de la presente resolución, cuyo nombramiento se efectúa por este Rectorado,
a propuesta de la Comisión de Profesorado, oído el Departamento afectado, conforme a
la normativa vigente.
5.2 El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo
cuando concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma.
En este caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado.
5.3 Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de la
Comisión, o éstos abstenerse, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas
en el artículo 23.2 de la LRJSP y el RD 678/2023. El escrito de abstención o recusación
se dirigirá al Rector de la Universidad quien, a la vista de las manifestaciones efectuadas
por el miembro de la Comisión, resolverá en el plazo de tres días hábiles, previos los
informes y comprobaciones que considere oportunos.
5.4 Las Comisiones de Selección deberán constituirse de forma telemática en el
plazo de diez días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la presente
cve: BOE-A-2024-24412
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 282