Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Guardas Rurales. (BOE-A-2024-24318)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban, para el año 2025, el calendario y las bases de las convocatorias de las pruebas de selección para Guardas Rurales y sus especialidades.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 21 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 156190

Los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos exigidos, deberán
ser acompañados de la traducción autenticada al castellano, si estuvieran redactados en
otros idiomas.
Cuando se aleguen equivalencias u homologaciones de títulos obtenidos o estudios
cursados, dicha circunstancia deberá, asimismo, ser acreditada por la persona
interesada o no será tenida en cuenta.
2.1.4 Exención de acreditación de requisitos: Los documentos acreditativos de los
apartados b) «Tener la nacionalidad…» y c) «Estar en posesión del título de Graduado
en Enseñanza Secundaria Obligatoria…» de la base 1.2 «Requisitos: para la admisión a
la realización de las pruebas…» no se exigirán al personal aspirante que previamente se
encuentre habilitado como vigilante de seguridad o como guarda rural por haber
superado pruebas de selección anteriores a la presente convocatoria o por haber
canjeado sus anteriores títulos-nombramientos, licencias, tarjetas de identidad o
acreditaciones por la Tarjeta de Identidad Profesional de guarda rural, regulada en la
Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de Seguridad Privada.
2.1.5 Durante el proceso de inscripción telemático se deberá abonar la Tasa
Código 015 «Tasa por prestación de servicios y actividades en materia de seguridad
privada».
Este abono se podrá realizar por cualquiera de estos medios:
2.1.5.a) Mediante la pasarela de pagos habilitada en la sede electrónica.
2.1.5.b) Adjuntando en sede electrónica el «ejemplar para la Administración» del
impreso modelo 790, Código 015 «Tasa por prestación de servicios y actividades en
materia de seguridad privada», concepto «participación en los exámenes y pruebas
previos a la habilitación de Guardas Particulares de Campo y sus especialidades» una
vez efectuado el pago en una entidad bancaria.
Este impreso se puede descargar desde el siguiente enlace: https://pagotasas.guardiacivil.es/790/index_SEGURIDAD.faces (enlace válido únicamente para la
cumplimentación del documento. Será necesario efectuar el pago en una entidad
bancaria).
2.1.5.c) Adjuntando en sede electrónica el justificante bancario que acredite el pago
de la Tasa por prestación de servicios y actividades en materia de seguridad privada,
únicamente en el caso de que para la realización del pago no se haya utilizado el
impreso modelo 790, código 015 «Tasa por prestación de servicios y actividades en
materia de seguridad privada».
2.1.6 La solicitud de participación en el proceso selectivo lleva consigo la
autorización del interesado para que el Servicio de Protección y Seguridad recabe,
mediante plataformas de intermediación electrónica, sus datos de identidad, los
antecedentes penales que pudieran obrar a su nombre, así como todos aquellos datos y
documentos necesarios para la tramitación del presente procedimiento que ya obren en
poder de la Administración. En caso de no consentimiento u oposición expresa por parte
del personal interesado, este deberá aportar al procedimiento la documentación
pertinente.
2.1.7 Información básica en protección de datos de carácter personal: Los datos
recogidos mediante esta solicitud serán tratados de conformidad con la normativa
vigente en materia de tratamiento de datos de carácter personal y en particular conforme
establece el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27
de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, se incorporarán a
la actividad de tratamiento de la Dirección General de la Guardia Civil en el fichero
SEGPRIVA, cuyo responsable es el Servicio de Protección y Seguridad, calle Batalla del
Salado, 32, 28045 Madrid. El tratamiento es necesario en el ejercicio de poderes
públicos conferidos al Servicio de Protección y Seguridad como responsable del
Tratamiento. La finalidad del fichero es realizar los trámites necesarios para la
habilitación profesional de guardas rurales y sus especialidades, así como aquellas otras

cve: BOE-A-2024-24318
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 281