Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-24313)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Calahorra, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Jueves 21 de noviembre de 2024

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dar el siguiente paso en esta puesta en marcha del nuevo modelo y, tras llevar a cabo las
tareas preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores,
acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de
Calahorra y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Aguilar del Río Alhama, Alcanadre, Aldeanueva de Ebro, Alfaro, Arnedillo,
Arnedo, Ausejo, Autol, Bergasa, Bergasillas Bajera, Cervera del Río Alhama, Corera,
Cornago, El Redal, El Villar de Arnedo, Enciso, Galilea, Grávalos, Herce, Igea, Munilla,
Muro de Aguas, Navajún, Ocón, Pradejón, Préjano, Quel, Rincón de Soto, Santa Eulalia
Bajera, Tudelilla, Valdemadera, Villarroya y Zarzosa que han de hacerlo simultáneamente
con la referida Oficina General, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional
quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Calahorra, que comprende la Oficina General del Registro Civil de
Calahorra y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Aguilar del Río Alhama,
Alcanadre, Aldeanueva de Ebro, Alfaro, Arnedillo, Arnedo, Ausejo, Autol, Bergasa,
Bergasillas Bajera, Cervera del Río Alhama, Corera, Cornago, El Redal, El Villar de
Arnedo, Enciso, Galilea, Grávalos, Herce, Igea, Munilla, Muro de Aguas, Navajún, Ocón,
Pradejón, Préjano, Quel, Rincón de Soto, Santa Eulalia Bajera, Tudelilla, Valdemadera,
Villarroya y Zarzosa, de la aplicación informática denominada DICIREG, del Ministerio de
la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que permite el funcionamiento del
Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a
las 00:00 horas del 10 de diciembre de 2024.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.

1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de Calahorra pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de
Calahorra y los Registros Civiles Municipales Delegados de Aguilar del Río Alhama,
Alcanadre, Aldeanueva de Ebro, Alfaro, Arnedillo, Arnedo, Ausejo, Autol, Bergasa,
Bergasillas Bajera, Cervera del Río Alhama, Corera, Cornago, El Redal, El Villar de
Arnedo, Enciso, Galilea, Grávalos, Herce, Igea, Munilla, Muro de Aguas, Navajún, Ocón,
Pradejón, Préjano, Quel, Rincón de Soto, Santa Eulalia Bajera, Tudelilla, Valdemadera,
Villarroya y Zarzosa pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de
Aguilar del Río Alhama, Alcanadre, Aldeanueva de Ebro, Alfaro, Arnedillo, Arnedo,
Ausejo, Autol, Bergasa, Bergasillas Bajera, Cervera del Río Alhama, Corera, Cornago, El
Redal, El Villar de Arnedo, Enciso, Galilea, Grávalos, Herce, Igea, Munilla, Muro de
Aguas, Navajún, Ocón, Pradejón, Préjano, Quel, Rincón de Soto, Santa Eulalia Bajera,
Tudelilla, Valdemadera, Villarroya y Zarzosa, según resultan creadas en virtud de lo
dispuesto en la disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas
de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas
en dicha ley.

cve: BOE-A-2024-24313
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Segundo.