Comunidad Autónoma de Cataluña. III. Otras disposiciones. Entidades de inspección y control. (BOE-A-2024-24339)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Dirección General de Industria, del Departamento de Empresa y Trabajo, por la que se designa a Tüv Rheinland Certio, SL, como organismo autorizado de verificación metrológica de instrumentos de medida sometidos al control metrológico del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Jueves 21 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 156327

relativas a las verificaciones después de reparación o modificación y las verificaciones
periódicas establecidas en el artículo 9.3 de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de
Metrología, de aparatos taxímetros, en los siguientes centros: ITV Berga (B13), ITV
Manresa (B06), ITV Montferrer (L04), ITV Solsona (L06) e ITV Viladecavalls (B03).
Segundo.
El alcance de la presente designación se extiende a los instrumentos de medida
indicados en el punto anterior e incluidos en el certificado de acreditación emitido por la
Entidad Nacional de Acreditación con número 54/EI/ITV067 y su anexo técnico, con las
limitaciones de alcance y rangos de medida establecidos en la misma. Por este motivo,
cualquier modificación que se produzca en el anexo técnico de esta acreditación deberá
ser comunicada a esta Dirección General en un plazo máximo de diez días y previo a su
aplicación como Organismo autorizado de Verificación Metrológica.
Tercero.
El número de identificación de la entidad Tüv Rheinland Certio, SL, será el 02OV-0012, de acuerdo con su inscripción en el Registro de Control Metrológico, y que
deberá estar siempre de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 244/2016, de 3
de junio.
Cuarto.
La entidad Tüv Rheinland Certio, SL, en su actuación como Organismo autorizado de
Verificación Metrológica, estará sometido en todo momento a lo establecido en la
Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, en el Real Decreto 244/2016, de 3 de
junio, en las disposiciones que regulan el control metrológico del Estado de los
instrumentos de medida a los que esté designado, así como también a cualquier otra
instrucción o disposición emitida por esta Dirección General.
Quinto.
La entidad Tüv Rheinland Certio, SL, deberá satisfacer de forma continuada los
requisitos establecidos en la normativa aplicable para ser designado como Organismo
autorizado de Verificación Metrológica, y deberán notificar a esta Dirección General
cualquier cambio que pueda afectar a estos requisitos.

La presente designación como Organismo autorizado de Verificación Metrológica de
la entidad Tüv Rheinland Certio, SL, mantendrá su vigencia siempre y cuando la entidad
cumpla con los requisitos que fueron de base para su designación establecidos en el
Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, y de cumplimiento en lo establecido en cualquier
Directriz del Consejo Superior de Metrología referida al artículo 16.2 de la Ley 32/2014,
de 22 de diciembre y del artículo 8.3 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio. En el
caso de que la acreditación otorgada por la Entidad Nacional de Acreditación sea
suspendida o retirada, la presente designación quedará sin efecto de manera
automática, hasta la resolución del correspondiente procedimiento de suspensión o
retirada por parte de esta Dirección General. Además, la presente designación puede ser
también restringida, suspendida o retirada en los casos establecidos en el artículo 64 del
Real Decreto 244/2016, de 3 de junio.

cve: BOE-A-2024-24339
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Sexto.