Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Subvenciones. (BOE-A-2024-24321)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Economía Social, por la que se concede a la Confederación Empresarial Española de la Economía Social (CEPES) una subvención al amparo del Real Decreto 959/2024, de 24 de septiembre, dentro del Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la Generación de un Tejido Económico, Inclusivo y Sostenible, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281
Jueves 21 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 156222
Cuarto.
La Confederación Empresarial Española de la Economía Social (en adelante,
CEPES), constituida en 1992, es una organización sin ánimo de lucro y la única
confederación española dedicada a la representación institucional y a la dinamización del
tejido empresarial de la economía social en nuestro país.
El instrumento utilizado, concesión directa, responde al hecho de que CEPES es la
única entidad con la capacidad y competencia suficientes para generar una base sólida
de conocimiento que pueda ser aprovechada por las entidades de economía social y las
administraciones públicas.
Las razones de interés público, económico y social de la financiación que justifican la
concesión directa de la subvención quedan acreditadas, en primer lugar, en tanto que la
Economía Social ha sido identificada como área prioritaria de trabajo para el Gobierno de
España y la Comisión Europea, por lo que se consideran debidamente acreditadas las
circunstancias de excepcionalidad e interés público y social requeridas en el
artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para
su aprobación como subvención de concesión directa.
El desarrollo de un procedimiento de concurrencia competitiva quedó descartado por
el volumen de la subvención y la complejidad del proyecto, que exige una capacidad y
competencia suficientes para desarrollar el objetivo de la subvención de forma global y
centralizada, de tal forma que debe ser una entidad única la encargada de la ejecución.
Todo ello imposibilita la concurrencia pública, dado que el instrumento utilizado responde
al objeto de generar una base sólida de conocimiento que pueda ser aprovechada por
las entidades de la Economía Social y las Administraciones Públicas.
Quinto.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, se ha aprobado el Real Decreto 959/2024, de 24 de septiembre, por el que
se regula la concesión directa de una subvención a la Confederación Empresarial
Española de la Economía Social (CEPES) dentro del Plan Integral de Impulso a la
Economía Social para la generación de un tejido económico, inclusivo y sostenible, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Sexto.
La Confederación Empresarial Española de la Economía Social (CEPES) presentó el
pasado 15 de octubre de 2024, dentro del plazo de 15 días hábiles establecido en el
Real Decreto 959/2024, de 24 de septiembre, la solicitud de subvención por importe
de 1.307.000,00 euros.
Asimismo, la solicitud se ha acompañado de los anexos requeridos, de una memoria
técnico-económica justificativa de las actuaciones a realizar en el marco del real decreto,
así como un presupuesto de los costes en los que incurrirá, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 7.3 de la citada norma.
Examinada la solicitud y documentación presentada inicialmente por CEPES, el
órgano instructor ha detectado deficiencias en las mismas, para cuya subsanación emitió
requerimiento con fecha 16 de octubre de 2024, requerimiento que fue atendido por
CEPES con fecha 18 de octubre de 2024, procediendo a subsanar las deficiencias
señaladas por el órgano instructor.
Octavo.
Asimismo, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 7.3 de la Orden
HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de
cve: BOE-A-2024-24321
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.
Núm. 281
Jueves 21 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 156222
Cuarto.
La Confederación Empresarial Española de la Economía Social (en adelante,
CEPES), constituida en 1992, es una organización sin ánimo de lucro y la única
confederación española dedicada a la representación institucional y a la dinamización del
tejido empresarial de la economía social en nuestro país.
El instrumento utilizado, concesión directa, responde al hecho de que CEPES es la
única entidad con la capacidad y competencia suficientes para generar una base sólida
de conocimiento que pueda ser aprovechada por las entidades de economía social y las
administraciones públicas.
Las razones de interés público, económico y social de la financiación que justifican la
concesión directa de la subvención quedan acreditadas, en primer lugar, en tanto que la
Economía Social ha sido identificada como área prioritaria de trabajo para el Gobierno de
España y la Comisión Europea, por lo que se consideran debidamente acreditadas las
circunstancias de excepcionalidad e interés público y social requeridas en el
artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para
su aprobación como subvención de concesión directa.
El desarrollo de un procedimiento de concurrencia competitiva quedó descartado por
el volumen de la subvención y la complejidad del proyecto, que exige una capacidad y
competencia suficientes para desarrollar el objetivo de la subvención de forma global y
centralizada, de tal forma que debe ser una entidad única la encargada de la ejecución.
Todo ello imposibilita la concurrencia pública, dado que el instrumento utilizado responde
al objeto de generar una base sólida de conocimiento que pueda ser aprovechada por
las entidades de la Economía Social y las Administraciones Públicas.
Quinto.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, se ha aprobado el Real Decreto 959/2024, de 24 de septiembre, por el que
se regula la concesión directa de una subvención a la Confederación Empresarial
Española de la Economía Social (CEPES) dentro del Plan Integral de Impulso a la
Economía Social para la generación de un tejido económico, inclusivo y sostenible, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Sexto.
La Confederación Empresarial Española de la Economía Social (CEPES) presentó el
pasado 15 de octubre de 2024, dentro del plazo de 15 días hábiles establecido en el
Real Decreto 959/2024, de 24 de septiembre, la solicitud de subvención por importe
de 1.307.000,00 euros.
Asimismo, la solicitud se ha acompañado de los anexos requeridos, de una memoria
técnico-económica justificativa de las actuaciones a realizar en el marco del real decreto,
así como un presupuesto de los costes en los que incurrirá, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 7.3 de la citada norma.
Examinada la solicitud y documentación presentada inicialmente por CEPES, el
órgano instructor ha detectado deficiencias en las mismas, para cuya subsanación emitió
requerimiento con fecha 16 de octubre de 2024, requerimiento que fue atendido por
CEPES con fecha 18 de octubre de 2024, procediendo a subsanar las deficiencias
señaladas por el órgano instructor.
Octavo.
Asimismo, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 7.3 de la Orden
HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de
cve: BOE-A-2024-24321
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.