Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-24219)
Protocolo de adhesión al Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y Colombia y el Perú, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Ecuador, hecho en Bruselas el 11 de noviembre de 2016.
1706 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Exento de arancel
12,5
Tomillo triturado o pulverizado
Hojas de laurel
«Curry»
Especias, sin triturar ni pulverizar (exc. pimienta del género Piper; pimientos de los géneros Capsicum o
Pimenta; vainilla; canela y flores de canelero; clavo «frutos, clavillos y pedúnculos»; nuez moscada, macis,
amomos y cardamomos; semillas de anís, badiana, hinojo, cilantro, comino y alcaravea, así como bayas de
enebro; jengibre, azafrán, cúrcuma, tomillo, hojas de laurel y «curry»; semillas de alholva; mezclas de
especias diversas)
Especias, trituradas o pulverizadas (exc. pimienta del género Piper; pimientos de los géneros Capsicum o
Pimenta; vainilla; canela y flores de canelero; clavo «frutos, clavillos y pedúnculos»; nuez moscada, macis,
amomos y cardamomos; semillas de anís, badiana, hinojo, cilantro, comino y alcaravea, así como bayas de
enebro; jengibre, azafrán, cúrcuma, tomillo, hojas de laurel y «curry»; semillas de alholva; mezclas de
especias diversas)
Trigo duro
Escanda para siembra
Trigo blando y morcajo «tranquillón», para siembra
Escanda, trigo blando y morcajo «tranquillón» (exc. para siembra)
Centeno
Cebada para siembra
Cebada (exc. para siembra)
Avena
0910 99 39
0910 99 50
0910 99 60
0910 99 91
0910 99 99
1001 10 00
1001 90 10
1001 90 91
1001 90 99
1002 00 00
1003 00 10
1003 00 90
1004 00 00
7
89 €/t
93 €/t
93 €/t
93 €/t
95 €/t
95 €/t
12,8
148 €/t
7
8,5
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Categoría
Núm. 281
Jueves 21 de noviembre de 2024
cve: BOE-A-2024-24219
Verificable en https://www.boe.es
Exento de arancel
Tomillo sin triturar ni pulverizar (exc. tomillo serpol)
0910 99 33
Tasa base
Exento de arancel
Descripción
Tomillo serpol (Thymus serpyllum), sin triturar ni pulverizar
NC 2007
0910 99 31
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sec. I. Pág. 154084
12,5
Tomillo triturado o pulverizado
Hojas de laurel
«Curry»
Especias, sin triturar ni pulverizar (exc. pimienta del género Piper; pimientos de los géneros Capsicum o
Pimenta; vainilla; canela y flores de canelero; clavo «frutos, clavillos y pedúnculos»; nuez moscada, macis,
amomos y cardamomos; semillas de anís, badiana, hinojo, cilantro, comino y alcaravea, así como bayas de
enebro; jengibre, azafrán, cúrcuma, tomillo, hojas de laurel y «curry»; semillas de alholva; mezclas de
especias diversas)
Especias, trituradas o pulverizadas (exc. pimienta del género Piper; pimientos de los géneros Capsicum o
Pimenta; vainilla; canela y flores de canelero; clavo «frutos, clavillos y pedúnculos»; nuez moscada, macis,
amomos y cardamomos; semillas de anís, badiana, hinojo, cilantro, comino y alcaravea, así como bayas de
enebro; jengibre, azafrán, cúrcuma, tomillo, hojas de laurel y «curry»; semillas de alholva; mezclas de
especias diversas)
Trigo duro
Escanda para siembra
Trigo blando y morcajo «tranquillón», para siembra
Escanda, trigo blando y morcajo «tranquillón» (exc. para siembra)
Centeno
Cebada para siembra
Cebada (exc. para siembra)
Avena
0910 99 39
0910 99 50
0910 99 60
0910 99 91
0910 99 99
1001 10 00
1001 90 10
1001 90 91
1001 90 99
1002 00 00
1003 00 10
1003 00 90
1004 00 00
7
89 €/t
93 €/t
93 €/t
93 €/t
95 €/t
95 €/t
12,8
148 €/t
7
8,5
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Categoría
Núm. 281
Jueves 21 de noviembre de 2024
cve: BOE-A-2024-24219
Verificable en https://www.boe.es
Exento de arancel
Tomillo sin triturar ni pulverizar (exc. tomillo serpol)
0910 99 33
Tasa base
Exento de arancel
Descripción
Tomillo serpol (Thymus serpyllum), sin triturar ni pulverizar
NC 2007
0910 99 31
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sec. I. Pág. 154084