Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-24219)
Protocolo de adhesión al Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y Colombia y el Perú, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Ecuador, hecho en Bruselas el 11 de noviembre de 2016.
1706 páginas totales
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Macedonias de fruta, sin ciruelas pasas (exc. mezclas de frutos de cáscara, bananas o plátanos, dátiles, higos,
piñas «ananás», aguacates «paltas, de guayabas, de mangos y mangostanes, de agrios «cítricos», uvas y
pasas, papayas, tamarindos, peras de marañón [merey, cajuil, anacardo, «cajú»], litchis, frutos del árbol del
pan, sapotillos, frutos de la pasión, carambolas y pitahayas)

Macedonias de albaricoques «damascos, chabacanos», manzanas, melocotones, incl. los griñones y
nectarinas, peras, papayas u otros frutos comestibles secos, con ciruelas pasas (exc. macedonias de frutos de
cáscara comestibles; bananas o plátanos; dátiles, higos, piñas «ananás», aguacates «paltas», guayabas,
mangos y mangostanes; agrios «cítricos», así como de uvas pasas)

Mezclas constituidas exclusivamente por cocos, nueces de marañón [merey, cajuil, anacardo, «cajú»],
nueces del Brasil, nueces de areca «o de betel», nueces de cola y nueces macadamia, secas

Mezclas constituidas exclusivamente por frutos de cáscara comestibles secos de la partida 0802 (exc. por
cocos, nueces de marañón [merey, cajuil, anacardo, «cajú»], nueces del Brasil, nueces de areca «o de betel»,
nueces de cola y nueces macadamia)

Macedonias de frutos de cáscara, bananas o plátanos, dátiles, piñas «ananás», aguacates «paltas», guayabas,
mangos y mangostanes, agrios «cítricos» y uvas pasas, comestibles y secos, sin ciruelas pasas ni higos (exc.
mezclas constituidas exclusivamente por frutos de cáscara de las partidas 0801 y 0802)

Macedonias de frutos de cáscara, bananas o plátanos, dátiles, piñas «ananás», aguacates «paltas», guayabas,
mangos y mangostanes, agrios «cítricos» y uvas pasas, comestibles y secos, con ciruelas pasas o higos

Cortezas de agrios «cítricos» o de melones o sandías, frescas, congeladas, secas o presentadas en agua
salada, sulfurosa o adicionada de otras sustancias para su conservación provisional

Café sin tostar ni descafeinar

0813 50 15

0813 50 19

0813 50 31

0813 50 39

0813 50 91

0813 50 99

0814 00 00

0901 11 00

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Jueves 21 de noviembre de 2024

cve: BOE-A-2024-24219
Verificable en https://www.boe.es

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Macedonias de papayas, tamarindos, peras de marañón [merey, cajuil, anacardo, «cajú»], litchis, frutos del
árbol del pan, sapotillos, frutos de la pasión, carambolas y pitahayas, secos, sin ciruelas pasas

0813 50 12

0

0

Categoría

Núm. 281

Exento de arancel

2,4

Frutos comestibles, secos (exc. frutos de cáscara, bananas o plátanos, dátiles, higos, piñas «ananás»,
aguacates «paltas», guayabas, mangos y mangostanes, papayas y tamarindos, peras de marañón [merey,
cajuil, anacardo, «cajú»], litchis, frutos del árbol del pan, sapotillos, frutos de la pasión, carambolas y
pitahayas, agrios «cítricos», uvas y pasas, albaricoques «damascos, chabacanos», ciruelas, manzanas, peras
y melocotones; sin mezclar entre sí)

0813 40 95

Tasa base
Exento de arancel

Descripción

Peras de marañón [merey, cajuil, anacardo, «cajú»], litchis, frutos del árbol del pan, sapotillos, frutos de la
pasión, carambolas y pitahayas, secos

NC 2007

0813 40 70

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sec. I. Pág. 154081