Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2024-24330)
Orden CNU/1316/2024, de 18 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en las líneas estratégicas de investigación en salud en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2024-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Jueves 21 de noviembre de 2024
Disposición derogatoria única.

Sec. III. Pág. 156294

Derogación normativa.

Queda derogada la Orden CIN/1412/2021, de 10 de diciembre, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco de la Acción
Estratégica en Salud del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de
Innovación para el período 2021-2023, y en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, salvo lo dispuesto en la disposición transitoria única.
Disposición final primera. Carácter supletorio de la norma en las subvenciones con
cargo a fondos europeos.
Los procedimientos de concesión y de control de las subvenciones que se regulan en
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en su reglamento de desarrollo tendrán carácter
supletorio respecto de la normativa europea que sea de aplicación directa a las ayudas
financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea contempladas en esta orden,
conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Disposición final segunda.

Título competencial.

Esta orden se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en materia de
fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, establecida en el
artículo 149.1.15.ª de la Constitución española.
Disposición final tercera.

Aplicación y ejecución.

Los órganos competentes en función del ámbito material de las actuaciones
subvencionadas, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1, dictarán las
resoluciones e instrucciones necesarias para la ejecución y desarrollo de esta orden.
Disposición final cuarta.

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 18 de noviembre de 2024.–La Ministra de Ciencia, Innovación y
Universidades, Diana Morant Ripoll.
ANEXO 1
Ponderación de los criterios
Investigador
solicitante

Porcentaje

Propuesta o
Proyecto
científico
técnico

Porcentaje

Grupos/
unidades de
investigación

Porcentaje

Entidad
solicitante

Porcentaje

Contratos PFIS: contratos predoctorales de formación en investigación.

20-40

10-30

30-50

0-30

Contratos I-PFIS: doctorados IIS-EMPRESA.

20-40

10-30

30-50

0-30

Contratos Río Hortega.

20-40

10-30

30-50

0-30

Contratos Sara Borrell.

40-70

15-40

0-45

0-30

Contratos Miguel Servet.

40-70

30-50

N/A

0-30

a) Subprograma Estatal de formación, atracción y retención del talento
investigador e innovador:

cve: BOE-A-2024-24330
Verificable en https://www.boe.es

A. Programa Estatal de Recursos Humanos