Ministerio Del Interior. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2024-24117)
Resolución de 8 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 24 de mayo de 2024, en la Dirección General de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. II.A. Pág. 153660
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DEL INTERIOR
24117
Resolución de 8 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 24 de mayo de
2024, en la Dirección General de la Guardia Civil.
Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la convocatoria, y una vez
finalizado el plazo de presentación de instancias, a la vista de las solicitudes
presentadas, la valoración de los méritos alegados y la propuesta formulada por la
correspondiente Comisión de Valoración sobre los puestos de trabajo a adjudicar,
Esta Subsecretaría acuerda resolver el concurso, de conformidad con los siguientes
puntos:
Primero.
Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que se relacionan en el anexo I de esta
resolución a los funcionarios que se mencionan en el mismo.
Segundo.
Los destinos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuencia,
no generarán derecho a indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las
excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio.
Asimismo, serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de
posesión, los interesados obtengan otro destino por procedimientos de libre designación
o concurso convocados por otros Departamentos o Comunidades Autónomas, en cuyo
caso, de optar por uno de estos destinos, vendrán obligados a comunicar por escrito, en
los tres días siguientes, la renuncia al puesto adjudicado y la opción ejercitada, con
indicación del Departamento en que hubiere obtenido destino así como forma de
provisión y fecha de nombramiento.
El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta dicho cambio o el reingreso
al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de
esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». En el supuesto de que la resolución
del concurso comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde dicha publicación.
Cuando los funcionarios afectados por la presente resolución se encuentren
disfrutando licencias o permisos, les será de aplicación lo especificado en el artículo 48
del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril), por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, y en la base décima de la
convocatoria, por lo que se refiere al cómputo de los plazos de cese y posesión. Estos
mismos preceptos serán de aplicación en los casos de prórroga en el cese y/o
incorporación al nuevo destino.
cve: BOE-A-2024-24117
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. II.A. Pág. 153660
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DEL INTERIOR
24117
Resolución de 8 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 24 de mayo de
2024, en la Dirección General de la Guardia Civil.
Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la convocatoria, y una vez
finalizado el plazo de presentación de instancias, a la vista de las solicitudes
presentadas, la valoración de los méritos alegados y la propuesta formulada por la
correspondiente Comisión de Valoración sobre los puestos de trabajo a adjudicar,
Esta Subsecretaría acuerda resolver el concurso, de conformidad con los siguientes
puntos:
Primero.
Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que se relacionan en el anexo I de esta
resolución a los funcionarios que se mencionan en el mismo.
Segundo.
Los destinos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuencia,
no generarán derecho a indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las
excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio.
Asimismo, serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de
posesión, los interesados obtengan otro destino por procedimientos de libre designación
o concurso convocados por otros Departamentos o Comunidades Autónomas, en cuyo
caso, de optar por uno de estos destinos, vendrán obligados a comunicar por escrito, en
los tres días siguientes, la renuncia al puesto adjudicado y la opción ejercitada, con
indicación del Departamento en que hubiere obtenido destino así como forma de
provisión y fecha de nombramiento.
El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta dicho cambio o el reingreso
al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de
esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». En el supuesto de que la resolución
del concurso comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde dicha publicación.
Cuando los funcionarios afectados por la presente resolución se encuentren
disfrutando licencias o permisos, les será de aplicación lo especificado en el artículo 48
del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril), por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, y en la base décima de la
convocatoria, por lo que se refiere al cómputo de los plazos de cese y posesión. Estos
mismos preceptos serán de aplicación en los casos de prórroga en el cese y/o
incorporación al nuevo destino.
cve: BOE-A-2024-24117
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.