Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-24192)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Auxiliar Administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Miércoles 20 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 153832

exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo,
las relaciones de admitidos y excluidos definitivas se publicarán en la página web de la
Universidad.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de
las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores, en el supuesto de producirse, y de
posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar
fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino
además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.
En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los
interesados no procederá la devolución de los derechos de examen. La devolución se
efectuará una vez finalizado el proceso selectivo.
Tribunal calificador.

5.1 El procedimiento de actuación del Tribunal calificador se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la convocatoria y
demás disposiciones vigentes.
5.2 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas, de acuerdo con el
artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de
igualdad entre ambos sexos y estará formado por los miembros indicados en el anexo III.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de
mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría
tercera.
5.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo
aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal
colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal
calificador.
5.4 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran
en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a
la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del
Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y el personal
auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.5 Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia
de éste y del secretario o en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad al menos,
de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una
antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de
oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en
orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la
Sección PTGAS Funcionario de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (Bravo
Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico: accesopasfuncionario@adm.uned.es).
5.7 En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo
un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
nombramiento que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

cve: BOE-A-2024-24192
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.