Ministerio Del Interior. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2024-24138)
Resolución de 5 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo, para la estabilización de empleo temporal, en el Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidad de Psicólogos/as.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 153738

acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la
que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga
relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
5.7 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá
hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá
a la exclusión de la persona aspirante.
5.8 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación
de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de
participación en el proceso selectivo.
5.9 Documentación a presentar junto con la solicitud:
a) Titulación: Copia auténtica del título de Licenciado o Grado en Psicología,
exigido en la base 3.3 de la convocatoria. Aquellas personas que no estén en posesión
del título exigido deberán presentar copia auténtica de la certificación académica que
acredite haber realizado todos los estudios conducentes a la obtención del título.
b) Documentación acreditativa de los méritos que la persona aspirante desee que
se valoren. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados a fecha de
publicación de la convocatoria y que se recogen en el anexo I.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
6.

Admisión de aspirantes

6.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias publicará la relación de personas aspirantes admitidas y
excluidas, ordenada alfabéticamente, con indicación de las causas de exclusión y
número de documento nacional de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la relación, para
subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión. Esta relación se
publicará al menos en los medios indicados en la base 1.1.
6.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido
modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las
relaciones iniciales.
7.

Tribunal

7.1 Los méritos serán valorados por el Tribunal que figura en el anexo II de la
presente convocatoria.
7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos
sexos.
7.3 Se publicará, un breve currículum profesional de las personas que formen parte
del Tribunal calificador, en la página web del Ministerio del Interior (www.interior.gob.es).
7.4 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso selectivo, adoptando al
respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
7.5 El Tribunal calificador actuará con sujeción a lo dispuesto en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y
demás disposiciones vigentes.

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Núm. 280