Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24208)
Resolución de 12 de noviembre de 2024, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se publica el Convenio con la Subsecretaría para la Transformación Digital y de la Función Pública, para la cesión de uso de los servicios de la plataforma de formación basada en MOODLE del INAP.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 153946
de mayo, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para
gastos y de delegación de competencias.
Reconociéndose mutuamente la competencia y capacidad para la firma de este
documento,
EXPONEN
I. El INAP es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio para la Transformación
Digital y de la Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Función Pública,
según dispone el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública (BOE número 52, de 28 de febrero de 2024).
De acuerdo con el Estatuto del Instituto Nacional de Administración Pública,
aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, son fines esenciales del INAP, sin
perjuicio de las competencias específicas que se reconozcan sobre estas materias a
otros centros, institutos o escuelas de la Administración General del Estado, la formación
y perfeccionamiento de los empleados públicos de la Administración General del Estado
y de sus organismos públicos, así como del resto de entidades del sector público estatal,
salvo en los supuestos en que otras disposiciones encomienden estas funciones a otros
centros especializados, y la coordinación, colaboración y cooperación con los demás
centros, institutos o escuelas de la Administración General del Estado o de sus
organismos públicos que realicen tareas de selección, formación y perfeccionamiento de
empleados públicos.
II. Que el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a través
de la Subsecretaría, tiene atribuida entre sus funciones la gestión, planificación y
ejecución de los planes de formación del personal del Ministerio de acuerdo con lo
establecido en el 13.3.d) del Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero. Por otra parte, en
virtud de lo establecido en el artículo 3.4 de la Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo, tiene
atribuida por delegación la facultad para celebrar convenios que pudieran corresponder a
la persona titular del Departamento, sin perjuicio de recabar la aprobación del Consejo
de Ministros cuando sea necesaria conforme a la ley.
Los planes de formación tienen como objetivo proporcionar no sólo el crecimiento
personal y profesional de todos los miembros del departamento sino también desarrollar
de forma integral sus competencias para favorecer el cumplimiento de los objetivos
estratégicos y los proyectos de la Subsecretaría. Para ello, el Plan de Formación incluye
entre sus objetivos el uso de plataformas on-line que faciliten el acceso y la participación
de todo el personal del departamento, tanto los destinados en servicios centrales como
en las unidades y órganos periféricos, en los itinerarios formativos que se organicen para
su desarrollo profesional y personal.
III. Que el INAP tiene como objetivo impulsar procesos de enseñanza y aprendizaje
que contribuyan a dotar a las Administraciones públicas de personas competentes, con
altas capacidades, flexibles y comprometidas con los valores del servicio público.
IV. Que el INAP ha impulsado el proyecto «Compartir», que se inició con el estudio
de las posibilidades de compartir y colaborar entre las distintas Administraciones
públicas y cuya finalidad es racionalizar la programación de los distintos centros de
formación y de selección y conseguir una mayor eficiencia en la utilización de los
recursos disponibles.
V. Que el INAP dispone de una plataforma de formación basada en MOODLE.
VI. Que la Subsecretaría del Ministerio para la Transformación Digital y de la
Función Pública desea realizar formación en línea.
VII. Que la citada Subsecretaría no dispone de una plataforma propia de formación,
adecuada a sus necesidades y la utilización conjunta de esta herramienta del INAP da
cumplimiento a lo previsto en el artículo 157.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2024-24208
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 153946
de mayo, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para
gastos y de delegación de competencias.
Reconociéndose mutuamente la competencia y capacidad para la firma de este
documento,
EXPONEN
I. El INAP es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio para la Transformación
Digital y de la Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Función Pública,
según dispone el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública (BOE número 52, de 28 de febrero de 2024).
De acuerdo con el Estatuto del Instituto Nacional de Administración Pública,
aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, son fines esenciales del INAP, sin
perjuicio de las competencias específicas que se reconozcan sobre estas materias a
otros centros, institutos o escuelas de la Administración General del Estado, la formación
y perfeccionamiento de los empleados públicos de la Administración General del Estado
y de sus organismos públicos, así como del resto de entidades del sector público estatal,
salvo en los supuestos en que otras disposiciones encomienden estas funciones a otros
centros especializados, y la coordinación, colaboración y cooperación con los demás
centros, institutos o escuelas de la Administración General del Estado o de sus
organismos públicos que realicen tareas de selección, formación y perfeccionamiento de
empleados públicos.
II. Que el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a través
de la Subsecretaría, tiene atribuida entre sus funciones la gestión, planificación y
ejecución de los planes de formación del personal del Ministerio de acuerdo con lo
establecido en el 13.3.d) del Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero. Por otra parte, en
virtud de lo establecido en el artículo 3.4 de la Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo, tiene
atribuida por delegación la facultad para celebrar convenios que pudieran corresponder a
la persona titular del Departamento, sin perjuicio de recabar la aprobación del Consejo
de Ministros cuando sea necesaria conforme a la ley.
Los planes de formación tienen como objetivo proporcionar no sólo el crecimiento
personal y profesional de todos los miembros del departamento sino también desarrollar
de forma integral sus competencias para favorecer el cumplimiento de los objetivos
estratégicos y los proyectos de la Subsecretaría. Para ello, el Plan de Formación incluye
entre sus objetivos el uso de plataformas on-line que faciliten el acceso y la participación
de todo el personal del departamento, tanto los destinados en servicios centrales como
en las unidades y órganos periféricos, en los itinerarios formativos que se organicen para
su desarrollo profesional y personal.
III. Que el INAP tiene como objetivo impulsar procesos de enseñanza y aprendizaje
que contribuyan a dotar a las Administraciones públicas de personas competentes, con
altas capacidades, flexibles y comprometidas con los valores del servicio público.
IV. Que el INAP ha impulsado el proyecto «Compartir», que se inició con el estudio
de las posibilidades de compartir y colaborar entre las distintas Administraciones
públicas y cuya finalidad es racionalizar la programación de los distintos centros de
formación y de selección y conseguir una mayor eficiencia en la utilización de los
recursos disponibles.
V. Que el INAP dispone de una plataforma de formación basada en MOODLE.
VI. Que la Subsecretaría del Ministerio para la Transformación Digital y de la
Función Pública desea realizar formación en línea.
VII. Que la citada Subsecretaría no dispone de una plataforma propia de formación,
adecuada a sus necesidades y la utilización conjunta de esta herramienta del INAP da
cumplimiento a lo previsto en el artículo 157.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2024-24208
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 280