Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-24102)
Real Decreto 1157/2024, de 19 de noviembre, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Sanidad ambiental aplicada, se fijan los aspectos básicos del currículo y las ofertas de grados C, B y A incluidos en este título.
76 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 153526
2. Aplica las técnicas de limpieza y tratamientos de desinfección y control, en los
vasos y aguas de baño, y del aire, en una piscina o instalación acuática, mediante un
protocolo de autocontrol de piscina que asegure sus condiciones higiénico-sanitarias.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las técnicas de limpieza en los vasos de una piscina o
instalación acuática y los productos químicos necesarios.
b) Se han reconocido los procesos necesarios para realizar los tratamientos de
desinfección y corrección del agua del vaso de una instalación acuática.
c) Se han reconocido los procedimientos físicos, físico-químicos y la utilización de
productos biocidas, artículos tratados y precursores de los mismos.
d) Se han identificado las autorizaciones de los productos biocidas, sus etiquetas,
fichas de seguridad o fichas técnicas, así como las incompatibilidades entre ellos.
e) Se han descrito los riesgos para la salud que conllevan los tratamientos de
desinfección en el agua de piscina y otras instalaciones acuáticas.
3. Aplica procedimientos de control físico, físico-químico y microbiológico del agua
de baño de los circuitos de vasos de una piscina o instalación acuática, siguiendo un
protocolo de autocontrol, conforme a las condiciones de seguridad y salud.
Criterios de evaluación:
a) Se han determinado los puntos críticos de riesgo de contaminación por
organismos nocivos en las distintas instalaciones acuáticas.
b) Se han seleccionado los puntos mínimos de toma de muestra en el circuito y en
el vaso.
c) Se ha descrito el proceso de obtención y traslado de muestras representativas
de agua en una instalación acuática, para su análisis físico-químico y microbiológico.
d) Se han registrado adecuadamente los datos referentes a la obtención de las
muestras en la etiqueta del envase y en los documentos normalizados.
e) Se han determinado los parámetros físico-químicos del agua, y se han descrito
los procedimientos de análisis acreditados y validados.
f) Se han registrado las incidencias y desviaciones en relación al programa de
actuación de acuerdo con la documentación normalizada.
g) Se han identificado los parámetros necesarios para controlar la calidad del aire
en una piscina climatizada.
4. Identifica los procedimientos para la revisión de la maquinaria y equipos en
piscinas y otras instalaciones acuáticas, verificando su puesta en marcha y parada, así
como la sustitución de elementos en caso necesario, en condiciones de seguridad y
salud.
Criterios de evaluación:
a) Se han clasificado y reconocido los tipos de bombas empleadas según su
funcionamiento en piscinas y otras instalaciones acuáticas.
b) Se han descrito los procedimientos adecuados para comprobar el
funcionamiento de la maquinaria de renovación, deshumectación y calentamiento del
aire del recinto de una piscina, así como del acumulador de ACS.
c) Se ha comprobado el proceso de puesta en marcha/parada de una instalación
climatizada, con indicación de los elementos, parámetros y existencia de posibles
alteraciones.
d) Se ha realizado el control de la maquinaria del equipo de una piscina con la
supervisión de la persona responsable, con las medidas de seguridad y salud
necesarias.
cve: BOE-A-2024-24102
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 153526
2. Aplica las técnicas de limpieza y tratamientos de desinfección y control, en los
vasos y aguas de baño, y del aire, en una piscina o instalación acuática, mediante un
protocolo de autocontrol de piscina que asegure sus condiciones higiénico-sanitarias.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las técnicas de limpieza en los vasos de una piscina o
instalación acuática y los productos químicos necesarios.
b) Se han reconocido los procesos necesarios para realizar los tratamientos de
desinfección y corrección del agua del vaso de una instalación acuática.
c) Se han reconocido los procedimientos físicos, físico-químicos y la utilización de
productos biocidas, artículos tratados y precursores de los mismos.
d) Se han identificado las autorizaciones de los productos biocidas, sus etiquetas,
fichas de seguridad o fichas técnicas, así como las incompatibilidades entre ellos.
e) Se han descrito los riesgos para la salud que conllevan los tratamientos de
desinfección en el agua de piscina y otras instalaciones acuáticas.
3. Aplica procedimientos de control físico, físico-químico y microbiológico del agua
de baño de los circuitos de vasos de una piscina o instalación acuática, siguiendo un
protocolo de autocontrol, conforme a las condiciones de seguridad y salud.
Criterios de evaluación:
a) Se han determinado los puntos críticos de riesgo de contaminación por
organismos nocivos en las distintas instalaciones acuáticas.
b) Se han seleccionado los puntos mínimos de toma de muestra en el circuito y en
el vaso.
c) Se ha descrito el proceso de obtención y traslado de muestras representativas
de agua en una instalación acuática, para su análisis físico-químico y microbiológico.
d) Se han registrado adecuadamente los datos referentes a la obtención de las
muestras en la etiqueta del envase y en los documentos normalizados.
e) Se han determinado los parámetros físico-químicos del agua, y se han descrito
los procedimientos de análisis acreditados y validados.
f) Se han registrado las incidencias y desviaciones en relación al programa de
actuación de acuerdo con la documentación normalizada.
g) Se han identificado los parámetros necesarios para controlar la calidad del aire
en una piscina climatizada.
4. Identifica los procedimientos para la revisión de la maquinaria y equipos en
piscinas y otras instalaciones acuáticas, verificando su puesta en marcha y parada, así
como la sustitución de elementos en caso necesario, en condiciones de seguridad y
salud.
Criterios de evaluación:
a) Se han clasificado y reconocido los tipos de bombas empleadas según su
funcionamiento en piscinas y otras instalaciones acuáticas.
b) Se han descrito los procedimientos adecuados para comprobar el
funcionamiento de la maquinaria de renovación, deshumectación y calentamiento del
aire del recinto de una piscina, así como del acumulador de ACS.
c) Se ha comprobado el proceso de puesta en marcha/parada de una instalación
climatizada, con indicación de los elementos, parámetros y existencia de posibles
alteraciones.
d) Se ha realizado el control de la maquinaria del equipo de una piscina con la
supervisión de la persona responsable, con las medidas de seguridad y salud
necesarias.
cve: BOE-A-2024-24102
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 280