Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Extranjeros. (BOE-A-2024-24099)
Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 152616
Artículo 197. Lugares de presentación de las solicitudes, legitimación
representación cuando el sujeto legitimado se encuentra en territorio nacional.
Artículo 198. Acceso a la información para personas extranjeras y empleadores.
y
Capítulo II. Extinción de las autorizaciones.
Artículo 199. Obtención y mantenimiento del derecho a la autorización.
Artículo 200. Causas comunes de la extinción de la autorización de estancia por
estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariado o actividades formativas y de
residencia temporal.
Artículo 201. Extinción de la autorización de residencia de larga duración.
Artículo 202. Del procedimiento de extinción.
Artículo 203. Efectos.
Título XIII. Documentación de las personas extranjeras.
Capítulo I.
Derechos y deberes relativos a la documentación.
Artículo 204. Derechos y deberes.
Artículo 205. Número de identidad de extranjero.
Capítulo II.
Artículo 206.
Artículo 207.
Artículo 208.
Artículo 209.
Capítulo III.
Acreditación de la situación de las personas extranjeras en España.
Documentos acreditativos.
El pasaporte o documento de viaje.
El visado.
La tarjeta de identidad de extranjero.
Indocumentados.
Artículo 210. Requisitos y procedimiento para la documentación.
Artículo 211. Título de viaje para salida de España.
Capítulo IV.
Registro Central de Extranjeros.
Artículo 212. Registro Central de Extranjeros.
Artículo 213. Comunicación al Registro Central de Extranjeros de los cambios y
alteraciones de situación.
Capítulo V.
Artículo 214.
Registro de Menores Extranjeros No Acompañados.
Registro de Menores Extranjeros No Acompañados.
Título XIV. Infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionador.
Artículo 215.
Artículo 216.
Artículo 217.
Artículo 218.
Artículo 219.
Artículo 220.
Artículo 221.
Artículo 222.
Artículo 223.
Artículo 224.
Normativa aplicable.
Modalidades del procedimiento sancionador.
Actuaciones previas.
Iniciación del procedimiento sancionador. Competencia.
Instructor y secretario.
El decomiso.
Resolución.
Manifestación de la voluntad de recurrir.
Ejecución de las resoluciones sancionadoras.
Caducidad y prescripción.
cve: BOE-A-2024-24099
Verificable en https://www.boe.es
Capítulo I. Normas comunes del procedimiento sancionador.
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 152616
Artículo 197. Lugares de presentación de las solicitudes, legitimación
representación cuando el sujeto legitimado se encuentra en territorio nacional.
Artículo 198. Acceso a la información para personas extranjeras y empleadores.
y
Capítulo II. Extinción de las autorizaciones.
Artículo 199. Obtención y mantenimiento del derecho a la autorización.
Artículo 200. Causas comunes de la extinción de la autorización de estancia por
estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariado o actividades formativas y de
residencia temporal.
Artículo 201. Extinción de la autorización de residencia de larga duración.
Artículo 202. Del procedimiento de extinción.
Artículo 203. Efectos.
Título XIII. Documentación de las personas extranjeras.
Capítulo I.
Derechos y deberes relativos a la documentación.
Artículo 204. Derechos y deberes.
Artículo 205. Número de identidad de extranjero.
Capítulo II.
Artículo 206.
Artículo 207.
Artículo 208.
Artículo 209.
Capítulo III.
Acreditación de la situación de las personas extranjeras en España.
Documentos acreditativos.
El pasaporte o documento de viaje.
El visado.
La tarjeta de identidad de extranjero.
Indocumentados.
Artículo 210. Requisitos y procedimiento para la documentación.
Artículo 211. Título de viaje para salida de España.
Capítulo IV.
Registro Central de Extranjeros.
Artículo 212. Registro Central de Extranjeros.
Artículo 213. Comunicación al Registro Central de Extranjeros de los cambios y
alteraciones de situación.
Capítulo V.
Artículo 214.
Registro de Menores Extranjeros No Acompañados.
Registro de Menores Extranjeros No Acompañados.
Título XIV. Infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionador.
Artículo 215.
Artículo 216.
Artículo 217.
Artículo 218.
Artículo 219.
Artículo 220.
Artículo 221.
Artículo 222.
Artículo 223.
Artículo 224.
Normativa aplicable.
Modalidades del procedimiento sancionador.
Actuaciones previas.
Iniciación del procedimiento sancionador. Competencia.
Instructor y secretario.
El decomiso.
Resolución.
Manifestación de la voluntad de recurrir.
Ejecución de las resoluciones sancionadoras.
Caducidad y prescripción.
cve: BOE-A-2024-24099
Verificable en https://www.boe.es
Capítulo I. Normas comunes del procedimiento sancionador.