Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-24101)
Real Decreto 1024/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Imagen Personal; Imagen y Sonido; Madera, Mueble y Corcho; y Química, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Miércoles 20 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 152872

técnicas. Medios técnicos auxiliares: soportes, equipos para calentamiento, entre otros.
Protocolos normalizados de aplicación de técnicas cosméticas. Seguridad e higiene en la
aplicación de los cosméticos termales en servicios hidrotermales.
4. Organización del servicio de hidrotermal
Prevención de riesgos laborales. Gestión medioambiental: ahorro energético, gestión
del agua, gestión de residuos. Parámetros que definen la calidad en las fases del proceso
de aplicación de cosméticos termales. Métodos para el control de calidad en la atención a
la clientela. Fases del proceso. Resultados. Medidas correctoras en los procesos de
aplicación de cosméticos termales. Evaluación del grado de satisfacción de la clientela.
Parámetros de contexto de la formación
Espacios e instalaciones
Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo
con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo
en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos laborales,
accesibilidad universal, igualdad de género y protección medioambiental. Se considerará
con carácter orientativo como espacios de uso:
– Taller de 3 m2 por alumno o alumna.
– Instalación de 2 m2 por alumno o alumna.
Perfil profesional del formador o formadora
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la aplicación de
cosmética termal en servicios hidrotermales, que se acreditará mediante una de las dos
formas siguientes:
– Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la
Educación Superior) o de otras de nivel superior relacionadas con el campo
profesional.
– Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias
relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las
Administraciones competentes.
Módulo formativo 5: masaje estético manual y mecánico
Nivel: 3
Código: MF0063_3
Asociado a la UC: Realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos
Duración: 120 horas

C1: Aplicar conocimientos de anatomía y fisiología en relación con las maniobras y
técnicas de masaje estético manual y/o mecánico, relacionándolas con las
características y condiciones del modelo, para integrarlas en tratamientos de
masaje.
CE1.1 Explicar las estructuras anatómicas: piel, sistema muscular, óseo,
articular, nervioso, circulatorio, entre otros, relacionados con la aplicación
de las técnicas de masajes estéticos.

cve: BOE-A-2024-24101
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Capacidades y criterios de evaluación