Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2024-24136)
Orden PJC/1306/2024, de 18 de noviembre, por la que se publica la relación de aspirantes que han aprobado el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, mediante concurso, en el Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, convocado por Orden JUS/1321/2022, de 28 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 153728
c) En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse
copia auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
d) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni
estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni
haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido
rehabilitado (anexo II).
e) Certificado médico oficial que acredite la capacidad funcional para el desempeño
del puesto de trabajo.
Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos exigidos en la base tercera de la Orden de Convocatoria que rigen este
proceso selectivo, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedaran
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido
incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Tercero.
Las personas aspirantes presentarán la anterior documentación con escrito en el que
figure: apellidos y nombre, número de documento nacional de identidad, Cuerpo al que
acceden y especialidad, número de orden obtenido y teléfono de contacto, a fin de
agilizar la identificación en la revisión de documentos.
Cuarto.
Comprobado que las personas aspirantes, cuyo número no podrá superar al de
plazas convocadas, reúnen los requisitos de la base tercera de la presente convocatoria
serán nombradas personal funcionario en prácticas, mediante resolución de la autoridad
competente del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que
será publicada en su página web, convocándolas a la realización del curso selectivo.
Quinto.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes, conforme
a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo ContenciosoAdministrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses. El
plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente al de la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-24136
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 18 de noviembre de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, P. D. (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), la Directora
General para el Servicio Público de Justicia, Verónica Ollé Sesé.
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 153728
c) En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse
copia auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
d) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni
estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni
haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido
rehabilitado (anexo II).
e) Certificado médico oficial que acredite la capacidad funcional para el desempeño
del puesto de trabajo.
Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos exigidos en la base tercera de la Orden de Convocatoria que rigen este
proceso selectivo, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedaran
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido
incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Tercero.
Las personas aspirantes presentarán la anterior documentación con escrito en el que
figure: apellidos y nombre, número de documento nacional de identidad, Cuerpo al que
acceden y especialidad, número de orden obtenido y teléfono de contacto, a fin de
agilizar la identificación en la revisión de documentos.
Cuarto.
Comprobado que las personas aspirantes, cuyo número no podrá superar al de
plazas convocadas, reúnen los requisitos de la base tercera de la presente convocatoria
serán nombradas personal funcionario en prácticas, mediante resolución de la autoridad
competente del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que
será publicada en su página web, convocándolas a la realización del curso selectivo.
Quinto.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes, conforme
a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo ContenciosoAdministrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses. El
plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente al de la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-24136
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 18 de noviembre de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, P. D. (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), la Directora
General para el Servicio Público de Justicia, Verónica Ollé Sesé.