Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Sector eléctrico. (BOE-B-2024-42238)
Resolución de la Autoridad Portuaria de Cartagena por la que se hace público el otorgamiento de concesión administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279
Martes 19 de noviembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 65920
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
42238
Resolución de la Autoridad Portuaria de Cartagena por la que se hace
público el otorgamiento de concesión administrativa.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Cartagena en su
sesión de 7 de octubre de 2024, en virtud de las facultades conferidas por el
artículo 30.5, letra n) del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la
Marina Mercante, adoptó el acuerdo de otorgar concesión administrativa a la
mercantil Compañía Gas Licuado Zaragoza, S.A., con destino al Uso y explotación
de instalaciones para el transporte y descarga de gases licuados del petróleo, por
un plazo de Dieciséis (16) Años, destacando las siguientes condiciones de
otorgamiento:
A) Superficie de dominio público otorgado:
a.1) en superficie: 116,95 m² de superficie de terreno en zona XII-A.
a.2) en subsuelo: 97,72 m² de superficie de terreno en zona XII-A. 458,55 m²
de superficie de terreno en zona XI.
a.3) en vuelo: 4,67 m² de superficie de terreno en zona XII-A.
a.4) en lámina de agua: 8,41 m² de superficie en zona 1 - Escombreras.
B) Tasas año 2024:
Tasa por ocupación de superficie de dominio público: 2.018,36 € por año.
Tasa por ocupación de obras e instalaciones: 52.965,37 € por año.
Tasa actividad industrial: De 0 a 50.000 t.: 0,34 €/t. A partir de 50.000 t.: 0,17 €/
t.
Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad a lo
previsto en el artículo 85.7 del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de
septiembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del
Estado y de la Marina Mercante.
Cartagena, 28 de octubre de 2024.- El Director General, José María Gómez
Fuster.
cve: BOE-B-2024-42238
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240052209-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 279
Martes 19 de noviembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 65920
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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
42238
Resolución de la Autoridad Portuaria de Cartagena por la que se hace
público el otorgamiento de concesión administrativa.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Cartagena en su
sesión de 7 de octubre de 2024, en virtud de las facultades conferidas por el
artículo 30.5, letra n) del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la
Marina Mercante, adoptó el acuerdo de otorgar concesión administrativa a la
mercantil Compañía Gas Licuado Zaragoza, S.A., con destino al Uso y explotación
de instalaciones para el transporte y descarga de gases licuados del petróleo, por
un plazo de Dieciséis (16) Años, destacando las siguientes condiciones de
otorgamiento:
A) Superficie de dominio público otorgado:
a.1) en superficie: 116,95 m² de superficie de terreno en zona XII-A.
a.2) en subsuelo: 97,72 m² de superficie de terreno en zona XII-A. 458,55 m²
de superficie de terreno en zona XI.
a.3) en vuelo: 4,67 m² de superficie de terreno en zona XII-A.
a.4) en lámina de agua: 8,41 m² de superficie en zona 1 - Escombreras.
B) Tasas año 2024:
Tasa por ocupación de superficie de dominio público: 2.018,36 € por año.
Tasa por ocupación de obras e instalaciones: 52.965,37 € por año.
Tasa actividad industrial: De 0 a 50.000 t.: 0,34 €/t. A partir de 50.000 t.: 0,17 €/
t.
Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad a lo
previsto en el artículo 85.7 del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de
septiembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del
Estado y de la Marina Mercante.
Cartagena, 28 de octubre de 2024.- El Director General, José María Gómez
Fuster.
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