Ministerio de Sanidad. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. (BOE-A-2024-23982)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo, convocado por Resolución de 20 de diciembre de 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 148958
General del Estado. No obstante, si en cualquier momento anterior al nombramiento
como personal funcionario de carrera, se tuviera conocimiento de que alguna persona
aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa
audiencia de la persona interesada, se procederá a su exclusión.
Cuarto.
Las personas aspirantes incluidas en el anexo III deberán aportar la documentación
indicada en él y que aparece detallada a continuación, en los lugares y plazos señalados
en el apartado sexto.
− Copia auténtica del documento que acredite el requisito de nacionalidad establecido
en el apartado 1 de la base décima de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
− Copia auténtica del título de Licenciado/a, Graduado/a, Ingeniero/a o Arquitecto/a.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en
su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.
Quinto.
Conforme al apartado 2 del anexo I.B de la convocatoria, finalizada la fase de
oposición, la persona aspirante aprobada por el sistema general de promoción interna,
que figura en el anexo II, deberá presentar los siguientes documentos que aparecen
detallados a continuación, en los lugares y plazos señalados en el apartado sexto:
− Certificado de requisitos y méritos debidamente expedido por los servicios de
personal del ministerio y organismo donde presten o hayan prestado sus servicios. Los
modelos de certificado estarán disponibles en la página web Punto de Acceso General
(https://www.administracion.gob.es) y en la página web del Ministerio de Sanidad (https://
www.sanidad.gob.es).
Sexto.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Real Decreto 364/1995, las personas
aspirantes de los anexos II y III disponen de un plazo de veinte días hábiles desde el día
siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» para
remitir la documentación requerida dirigida a la Subdirección General de Recursos
Humanos del Ministerio de Sanidad a través del Registro Electrónico Común de la
Administración General del Estado (punto de acceso general): https://rec.redsara.es/
registro/action/are/acceso.do, o del Registro General del Ministerio de Sanidad (paseo
del Prado, 18-20, 28014 Madrid), o en las formas establecidas en el artículo 16 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor debidamente
acreditados, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera
que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no
podrán ser nombrados personal funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente
(Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
cve: BOE-A-2024-23982
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 148958
General del Estado. No obstante, si en cualquier momento anterior al nombramiento
como personal funcionario de carrera, se tuviera conocimiento de que alguna persona
aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa
audiencia de la persona interesada, se procederá a su exclusión.
Cuarto.
Las personas aspirantes incluidas en el anexo III deberán aportar la documentación
indicada en él y que aparece detallada a continuación, en los lugares y plazos señalados
en el apartado sexto.
− Copia auténtica del documento que acredite el requisito de nacionalidad establecido
en el apartado 1 de la base décima de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
− Copia auténtica del título de Licenciado/a, Graduado/a, Ingeniero/a o Arquitecto/a.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en
su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.
Quinto.
Conforme al apartado 2 del anexo I.B de la convocatoria, finalizada la fase de
oposición, la persona aspirante aprobada por el sistema general de promoción interna,
que figura en el anexo II, deberá presentar los siguientes documentos que aparecen
detallados a continuación, en los lugares y plazos señalados en el apartado sexto:
− Certificado de requisitos y méritos debidamente expedido por los servicios de
personal del ministerio y organismo donde presten o hayan prestado sus servicios. Los
modelos de certificado estarán disponibles en la página web Punto de Acceso General
(https://www.administracion.gob.es) y en la página web del Ministerio de Sanidad (https://
www.sanidad.gob.es).
Sexto.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Real Decreto 364/1995, las personas
aspirantes de los anexos II y III disponen de un plazo de veinte días hábiles desde el día
siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» para
remitir la documentación requerida dirigida a la Subdirección General de Recursos
Humanos del Ministerio de Sanidad a través del Registro Electrónico Común de la
Administración General del Estado (punto de acceso general): https://rec.redsara.es/
registro/action/are/acceso.do, o del Registro General del Ministerio de Sanidad (paseo
del Prado, 18-20, 28014 Madrid), o en las formas establecidas en el artículo 16 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor debidamente
acreditados, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera
que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no
podrán ser nombrados personal funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente
(Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
cve: BOE-A-2024-23982
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.