Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-24015)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Investigación, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Generalitat de Cataluña y la Fundación Centre de Regulació Genòmica, en relación con el consorcio para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 149218
Se modifica la redacción del primer párrafo del punto 2 letra a) la cláusula tercera
«Financiación y compromiso de las partes» que queda como sigue:
«a) Transferencias y aportaciones de sus presupuestos respectivos.
Las transferencias del MICIU correspondientes a la anualidad 2023 del
punto 1.a) de la cláusula tercera y al punto 1.b) de dicha cláusula se realizarán con
cargo a la aplicación presupuestaria 28.07.463B.74919 de los Presupuestos
Generales del Estado del ejercicio 2023.
Las transferencias del MICIU correspondientes a las anualidades 2024 a 2027
del punto 1.a) de la cláusula tercera se realizarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 28.07.463B.44917 de los Presupuestos Generales del Estado del
ejercicio 2024, o equivalente que la sustituya en ejercicios sucesivos.
Las aportaciones del Departamento de Investigación y Universidades de la
GENCAT correspondientes a los años 2022 y 2023 se transfirieron, respectivamente,
mediante resoluciones de transferencia de 21 de marzo de 2022, a favor de la
Fundación CRG, y de 20 de febrero de 2023, a favor del Consorcio CNAG. Las
aportaciones durante el período 2024-2027 se harán efectivas mediante resoluciones
de aportaciones que irán a cargo de la partida presupuestaria nominativa que
corresponda al Consorcio CNAG.
Las aportaciones del Departamento de Salud de la GENCAT correspondientes
a los años 2022 y 2023 se transfirieron, respectivamente, mediante resoluciones
de transferencia de 3 de febrero de 2022, a favor de la Fundació CRG, y de 28 de
marzo de 2023, a favor del Consorcio CNAG. Las aportaciones durante el
período 2024-2027 se harán efectivas mediante resoluciones de aportaciones que
irán a cargo de la partida presupuestaria nominativa que corresponda al Consorcio
CNAG.»
Tercera.
Modificación de la cláusula cuarta del convenio.
Se modifica la redacción de la cláusula cuarta «Seguimiento del convenio», que
queda como sigue:
«Las partes acuerdan atribuir a la Comisión Ejecutiva del Consorcio las
funciones relativas al seguimiento, vigilancia y control de este convenio, que
serán:
a) Velar por el cumplimiento del presente convenio.
b) Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse en el desarrollo del presente convenio.
c) Proponer aquellas otras iniciativas que considere oportuno con ocasión de
la ejecución del presente convenio, su mejora y eventual prórroga.
d) Aceptar la documentación justificativa requerida en la cláusula tercera del
presente convenio para el libramiento de las aportaciones anuales de las partes.
Cuarta. Eliminación del anexo VI del convenio.
Se suprime el anexo VI del convenio «Anexo interpretativo al convenio entre la
Administración General del Estado (Ministerio de Ciencia e Innovación) y la
Administración de la Generalitat de Cataluña (Departamento de Investigación y
Universidades y Departamento de Salud) para la constitución del consorcio para la
explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG), y con la Fundación
Centre de Regulació Genòmica respecto las disposiciones transitorias».
cve: BOE-A-2024-24015
Verificable en https://www.boe.es
En todo lo no dispuesto expresamente en esta cláusula, será de aplicación lo
establecido en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.»
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 149218
Se modifica la redacción del primer párrafo del punto 2 letra a) la cláusula tercera
«Financiación y compromiso de las partes» que queda como sigue:
«a) Transferencias y aportaciones de sus presupuestos respectivos.
Las transferencias del MICIU correspondientes a la anualidad 2023 del
punto 1.a) de la cláusula tercera y al punto 1.b) de dicha cláusula se realizarán con
cargo a la aplicación presupuestaria 28.07.463B.74919 de los Presupuestos
Generales del Estado del ejercicio 2023.
Las transferencias del MICIU correspondientes a las anualidades 2024 a 2027
del punto 1.a) de la cláusula tercera se realizarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 28.07.463B.44917 de los Presupuestos Generales del Estado del
ejercicio 2024, o equivalente que la sustituya en ejercicios sucesivos.
Las aportaciones del Departamento de Investigación y Universidades de la
GENCAT correspondientes a los años 2022 y 2023 se transfirieron, respectivamente,
mediante resoluciones de transferencia de 21 de marzo de 2022, a favor de la
Fundación CRG, y de 20 de febrero de 2023, a favor del Consorcio CNAG. Las
aportaciones durante el período 2024-2027 se harán efectivas mediante resoluciones
de aportaciones que irán a cargo de la partida presupuestaria nominativa que
corresponda al Consorcio CNAG.
Las aportaciones del Departamento de Salud de la GENCAT correspondientes
a los años 2022 y 2023 se transfirieron, respectivamente, mediante resoluciones
de transferencia de 3 de febrero de 2022, a favor de la Fundació CRG, y de 28 de
marzo de 2023, a favor del Consorcio CNAG. Las aportaciones durante el
período 2024-2027 se harán efectivas mediante resoluciones de aportaciones que
irán a cargo de la partida presupuestaria nominativa que corresponda al Consorcio
CNAG.»
Tercera.
Modificación de la cláusula cuarta del convenio.
Se modifica la redacción de la cláusula cuarta «Seguimiento del convenio», que
queda como sigue:
«Las partes acuerdan atribuir a la Comisión Ejecutiva del Consorcio las
funciones relativas al seguimiento, vigilancia y control de este convenio, que
serán:
a) Velar por el cumplimiento del presente convenio.
b) Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse en el desarrollo del presente convenio.
c) Proponer aquellas otras iniciativas que considere oportuno con ocasión de
la ejecución del presente convenio, su mejora y eventual prórroga.
d) Aceptar la documentación justificativa requerida en la cláusula tercera del
presente convenio para el libramiento de las aportaciones anuales de las partes.
Cuarta. Eliminación del anexo VI del convenio.
Se suprime el anexo VI del convenio «Anexo interpretativo al convenio entre la
Administración General del Estado (Ministerio de Ciencia e Innovación) y la
Administración de la Generalitat de Cataluña (Departamento de Investigación y
Universidades y Departamento de Salud) para la constitución del consorcio para la
explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG), y con la Fundación
Centre de Regulació Genòmica respecto las disposiciones transitorias».
cve: BOE-A-2024-24015
Verificable en https://www.boe.es
En todo lo no dispuesto expresamente en esta cláusula, será de aplicación lo
establecido en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.»