Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-24015)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Investigación, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Generalitat de Cataluña y la Fundación Centre de Regulació Genòmica, en relación con el consorcio para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 149216

corresponden, en virtud de la escritura de apoderamiento otorgada ante el Notario de
Barcelona, don Pedro Angel Casado Martín, en fecha 1 de febrero de 2022 y con el
número 108 de su protocolo, y después de que el Patronato del CRG, en su sesión de 15
de noviembre de 2022, aprobase el convenio.
Las partes se reconocen la capacidad necesaria para obligarse en los términos de la
presente adenda y, al efecto
EXPONEN
I. Que el día 29 de diciembre de 2022 se suscribió el convenio entre la
Administración General del Estado (el entonces Ministerio de Ciencia e Innovación) y la
Administración de la Generalitat de Cataluña (Departamento de Investigación y
Universidades, y Departamento de Salud) para la constitución del consorcio para la
explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG), y con la Fundación
Centre de Regulació Genòmica respecto las disposiciones transitorias.
II. Que el Consejo Rector, en sesión celebrada el 27 de julio de 2023, actuando en
virtud de la cláusula cuarta.b) del citado convenio que atribuye a dicho órgano las funciones
relativas al seguimiento, vigilancia y control del mismo, incluyendo la resolución de los
problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse en su desarrollo, planteó
la necesidad de aclarar qué anualidades de la financiación aportada por el Ministerio de
Ciencia, Innovación y Universidades (en adelante MICIU) corresponden a la financiación
ordinaria a aportar al consorcio al 50 % con la Administración de la Generalidad de Cataluña
(en adelante GENCAT), y qué anualidades corresponden a la aportación adicional
de 2.250.000 euros a financiar por MICIU en concepto de pagos adicionales realizados por la
GENCAT en el periodo 2009-2021. Asimismo, se planteaba determinar si la interpretación
adoptada tenía algún efecto en la adscripción del consorcio. En dicha sesión el Consejo
Rector acordó interpretar la cláusula Tercera («Financiación y compromisos de las partes»)
del convenio de manera que la aportación de 2.250.000 euros de la anualidad 2022
corresponda íntegramente a la aportación adicional que satisfará la Administración General
del Estado (en adelante AGE) en concepto de pagos adicionales realizados por la GENCAT
en el periodo 2009-2021; correspondiendo las restantes anualidades 2023 en adelante a la
financiación ordinaria a aportar por MICIU al consorcio, por un importe global de 8.999.000
euros, y cofinanciada globalmente por GENCAT con el mismo importe. Asimismo, el Consejo
Rector consideró que lo anterior no produce efecto o alteración alguna sobre la adscripción
del consorcio. Adicionalmente, el Consejo Rector consideró que el acervo patrimonial
traspasado desde la fundación CRG al consorcio CNAG en la fecha efectiva de escisión
parcial, que se integra en el patrimonio del consorcio, es atribuible a efectos de dicha
integración a ambas partes consorciadas en los porcentajes recogidos en el artículo 15.a) de
los estatutos del consorcio, esto es, al 50 %. Por consiguiente, la integración del acervo
Patrimonial traspasado al nuevo consorcio respeta en su valoración los porcentajes
establecidos en el convenio de creación del consorcio para la financiación de la entidad por
las administraciones consorciadas, esto es, el 50 %.
En consecuencia, se estima conveniente actualizar la cláusula tercera apartado 1 del
convenio para reflejar este acuerdo, y para recoger el hecho de que el pago de la
anualidad 2022 de MICIU del convenio se ha realizado de manera efectiva en el
ejercicio 2023.
III. Que se ha considerado necesario modificar la naturaleza de las transferencias
del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (MICIU) del periodo 2024-2027 a
fin de destinarlas a la financiación de operaciones corrientes del consorcio.
IV. Que el Consejo Rector, en su reunión del día 21 de mayo de 2024, de acuerdo
con lo dispuesto en la cláusula cuarta del convenio, ha acordado proponer a las partes
una modificación del convenio para modificar la naturaleza de las transferencias de
MICIU en el periodo 2024-2027. Esta propuesta ha de ser ratificada por las instituciones
que forman el Consorcio.

cve: BOE-A-2024-24015
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Núm. 278