Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-24012)
Resolución de 6 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, para la nueva subestación Abanilla 400 kV, con cinco nuevas posiciones, en Abanilla (Murcia) y se declara, en concreto, la utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 149201

reguladora del contrato de concesión de obras públicas. La contestación del Red
Eléctrica fue trasladada de nuevo al Ayuntamiento de Abanilla, quien reiteró su oposición
indicando las mismas razones iniciales. Finalmente, Red Eléctrica trasladó el estudio de
integración paisajística al Ayuntamiento de Abanilla, junto con el informe emitido por la
Dirección General de Territorio y Arquitectura de la Región de Murcia. El Ayuntamiento
de Abanilla respondió con informe del que no se desprende oposición a la actuación a
realizar por Red Eléctrica, quien tomó razón de este último informe.
Se recibió contestación del Servicio de Patrimonio Histórico de la Región de Murcia
en el que se solicita la elaboración de un Estudio de Impacto sobre el Patrimonio
Cultural. La respuesta fue trasladada a Red Eléctrica, quien aportó informe técnico del
jefe de servicio de Patrimonio Histórico. La contestación e informes aportados fueron
trasladados al órgano, quien, a la vista de los documentos, informó favorablemente
desde el punto de vista del patrimonio cultural y estableció condicionados en relación con
la documentación del proyecto administrativo. Red Eléctrica contestó manifestando su
conformidad con los condicionados expuestos.
Se recibió respuesta de la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del
Segura, en la que establecen condicionados a la actuación a desarrollar por Red
Eléctrica. La respuesta fue trasladada a Red Eléctrica, quien manifestó su conformidad.
Se recibieron respuestas del Servicio de Energía y del Servicio de Minas de la
Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera, de la Subdirección General
de Política Forestal de la Región de Murcia, de la Demarcación de Carreteras del Estado
en Murcia del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de las que no se
desprende oposición. Estas contestaciones fueron trasladadas a Red Eléctrica, quien
manifestó su conformidad con estos informes.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia de fecha 1 de
febrero de 2023, hecho público en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 32, de 7 de
febrero de 2023, así como publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia
núm. 36 de fecha 14 de febrero de 2023. Además, el Anuncio fue publicado en los
periódicos La Opinión y La Verdad, ambos el 17 de febrero de 2023. Se recibieron
alegaciones que fueron contestadas por Red Eléctrica.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia emitió
informe en relación con la solicitud de autorización administrativa previa, autorización
administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del
proyecto presentado.
La nueva subestación Abanilla 400 kV se encuentra incluida en la planificación
vigente, «Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026»,
aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2022 («Boletín Oficial
del Estado» núm. 93, de 19 de abril de 2022). Las cinco posiciones por equipar se
justifican en el marco de las actuaciones orientadas a la conexión e integración de
generación renovable en la Región de Murcia.
Se remite propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia para informe de acuerdo a lo dispuesto por el Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, modificado en su artículo 127.6 por el artículo 32.3 del Real Decretoley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del
transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro,
eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.
Transcurrido el plazo de emisión de este informe de 15 días hábiles sin haberse obtenido
contestación y de conformidad con la normativa anteriormente indicada, se considera
informe favorable.
De acuerdo con los artículos 128, 131 y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente

cve: BOE-A-2024-24012
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Núm. 278