Ministerio de Cultura. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-23976)
Resolución de 11 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 148766
Los funcionarios y las funcionarias sin destino definitivo que habiendo solicitado el
puesto que ocupan provisionalmente no obtengan una de las plazas convocadas, podrán
ser adscritos con carácter provisional a otros puestos vacantes en la misma localidad. En
el caso de que no soliciten el puesto que ocupan en adscripción provisional, y este fuera
adjudicado en el concurso, no existirá obligación de asignarles un puesto de trabajo en la
misma localidad.
7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la
Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
8. Las personas que procedan de la situación administrativa de suspensión firme de
funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber finalizado
el periodo de suspensión.
Tercera.
Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
Anexo II: Solicitud de participación.
Anexo III: Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de personal.
Anexo IV: Certificado de méritos específicos.
Anexo V: Puestos solicitados por orden de preferencia.
Anexo VI: Consentimiento del funcionario o funcionaria que concursa, en
representación de su hijo/a menor, para consulta en el Sistema de Verificación de Datos
de Residencia de los datos de empadronamiento del/de la menor.
Anexo VII: Consentimiento del familiar dependiente para consulta en el Sistema de
Verificación de Datos de Residencia de sus datos de empadronamiento.
cve: BOE-A-2024-23976
Verificable en https://www.boe.es
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán al Organismo
Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, ajustándose a los
modelos publicados como anexos a esta resolución, y se presentarán en el plazo de
quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las instancias se presentarán a través del Portal Funciona, siendo imprescindible la
acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin
perjuicio de lo indicado en esta base.
En el caso de que la persona concursante no pueda presentar la solicitud por este
medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación
que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal o de
la aplicación informática correspondiente. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud
presentada en papel no será admitida.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo sin reserva de puesto de trabajo o que no presten servicios en la
Administración General del Estado, que no pudieran realizar electrónicamente su
solicitud, podrán presentarla, asimismo, con carácter excepcional, en tanto se habilite
esta posibilidad, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
La forma de presentación no telemática será admitida únicamente en los casos
expresamente previstos en esta base.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia solo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 148766
Los funcionarios y las funcionarias sin destino definitivo que habiendo solicitado el
puesto que ocupan provisionalmente no obtengan una de las plazas convocadas, podrán
ser adscritos con carácter provisional a otros puestos vacantes en la misma localidad. En
el caso de que no soliciten el puesto que ocupan en adscripción provisional, y este fuera
adjudicado en el concurso, no existirá obligación de asignarles un puesto de trabajo en la
misma localidad.
7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la
Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
8. Las personas que procedan de la situación administrativa de suspensión firme de
funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber finalizado
el periodo de suspensión.
Tercera.
Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
Anexo II: Solicitud de participación.
Anexo III: Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de personal.
Anexo IV: Certificado de méritos específicos.
Anexo V: Puestos solicitados por orden de preferencia.
Anexo VI: Consentimiento del funcionario o funcionaria que concursa, en
representación de su hijo/a menor, para consulta en el Sistema de Verificación de Datos
de Residencia de los datos de empadronamiento del/de la menor.
Anexo VII: Consentimiento del familiar dependiente para consulta en el Sistema de
Verificación de Datos de Residencia de sus datos de empadronamiento.
cve: BOE-A-2024-23976
Verificable en https://www.boe.es
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán al Organismo
Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, ajustándose a los
modelos publicados como anexos a esta resolución, y se presentarán en el plazo de
quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las instancias se presentarán a través del Portal Funciona, siendo imprescindible la
acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin
perjuicio de lo indicado en esta base.
En el caso de que la persona concursante no pueda presentar la solicitud por este
medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación
que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal o de
la aplicación informática correspondiente. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud
presentada en papel no será admitida.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo sin reserva de puesto de trabajo o que no presten servicios en la
Administración General del Estado, que no pudieran realizar electrónicamente su
solicitud, podrán presentarla, asimismo, con carácter excepcional, en tanto se habilite
esta posibilidad, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
La forma de presentación no telemática será admitida únicamente en los casos
expresamente previstos en esta base.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia solo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos: