Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Grupos de trabajo. (BOE-A-2024-23996)
Orden PJC/1292/2024, de 13 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo por el que se crea el Grupo de Trabajo Permanente para crisis de suministro de recursos de primera necesidad y carácter estratégico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 149122
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23996
Orden PJC/1292/2024, de 13 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo
por el que se crea el Grupo de Trabajo Permanente para crisis de suministro
de recursos de primera necesidad y carácter estratégico.
El Consejo de Seguridad Nacional, en su reunión del día 15 de octubre de 2024, ha
adoptado un Acuerdo por el que se crea el Grupo de Trabajo Permanente para crisis de
suministro de recursos de primera necesidad y carácter estratégico.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 24.1.e)
de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dispongo la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» del referido acuerdo como anexo la presente orden.
Madrid, 13 de noviembre de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños García.
ANEXO
1. Bajo la dependencia directa del Comité de Situación se constituye el Grupo de
Trabajo permanente para crisis de suministro de recursos de primera necesidad y
carácter estratégico, que presidirá el Director General de Estrategia Industrial y Pymes
del Ministerio de Industria y Turismo.
2. El Grupo de Trabajo permanente estará integrado, como vocales, por los
miembros que designen los respectivos titulares del Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de Hacienda, del
Ministerio del Interior, del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, del Ministerio
de Trabajo y Economía Social, del Ministerio de Industria y Turismo, del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, del Ministerio de
Sanidad, del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, del Centro
Nacional de Inteligencia y del Departamento de Seguridad Nacional.
3. Se establecen los siguientes objetivos del Grupo de Trabajo Permanente para
crisis de suministro de recursos de primera necesidad y carácter estratégico: analizar
escenarios de crisis susceptibles de convertirse en una situación de interés para la
Seguridad Nacional, determinar la identificación de recursos de primera necesidad y
carácter estratégico e informar al Consejo de Seguridad Nacional para la toma de
decisiones sobre los escenarios desarrollados, contribuir a definir el funcionamiento de
la Reserva Estratégica basada en Capacidades Nacionales de Producción
Industrial (RECAPI), participar en la definición y desarrollo del Centro de Coordinación
y Promoción de la Industria Estratégica (CECOPIE), órgano de gobierno de la RECAPI.
4. Los trabajos y borradores elaborados por el Grupo de Trabajo Permanente serán
elevados al Comité de Situación, quien los propondrá para tramitación al Consejo de
Seguridad Nacional o al Consejo de Ministros cuando corresponda.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-23996
Verificable en https://www.boe.es
Acuerdo por el que se crea el Grupo de Trabajo Permanente para crisis
de suministro de recursos de primera necesidad y carácter estratégico
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 149122
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23996
Orden PJC/1292/2024, de 13 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo
por el que se crea el Grupo de Trabajo Permanente para crisis de suministro
de recursos de primera necesidad y carácter estratégico.
El Consejo de Seguridad Nacional, en su reunión del día 15 de octubre de 2024, ha
adoptado un Acuerdo por el que se crea el Grupo de Trabajo Permanente para crisis de
suministro de recursos de primera necesidad y carácter estratégico.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 24.1.e)
de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dispongo la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» del referido acuerdo como anexo la presente orden.
Madrid, 13 de noviembre de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños García.
ANEXO
1. Bajo la dependencia directa del Comité de Situación se constituye el Grupo de
Trabajo permanente para crisis de suministro de recursos de primera necesidad y
carácter estratégico, que presidirá el Director General de Estrategia Industrial y Pymes
del Ministerio de Industria y Turismo.
2. El Grupo de Trabajo permanente estará integrado, como vocales, por los
miembros que designen los respectivos titulares del Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de Hacienda, del
Ministerio del Interior, del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, del Ministerio
de Trabajo y Economía Social, del Ministerio de Industria y Turismo, del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, del Ministerio de
Sanidad, del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, del Centro
Nacional de Inteligencia y del Departamento de Seguridad Nacional.
3. Se establecen los siguientes objetivos del Grupo de Trabajo Permanente para
crisis de suministro de recursos de primera necesidad y carácter estratégico: analizar
escenarios de crisis susceptibles de convertirse en una situación de interés para la
Seguridad Nacional, determinar la identificación de recursos de primera necesidad y
carácter estratégico e informar al Consejo de Seguridad Nacional para la toma de
decisiones sobre los escenarios desarrollados, contribuir a definir el funcionamiento de
la Reserva Estratégica basada en Capacidades Nacionales de Producción
Industrial (RECAPI), participar en la definición y desarrollo del Centro de Coordinación
y Promoción de la Industria Estratégica (CECOPIE), órgano de gobierno de la RECAPI.
4. Los trabajos y borradores elaborados por el Grupo de Trabajo Permanente serán
elevados al Comité de Situación, quien los propondrá para tramitación al Consejo de
Seguridad Nacional o al Consejo de Ministros cuando corresponda.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-23996
Verificable en https://www.boe.es
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