Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Seguridad Nacional. Organización. (BOE-A-2024-23946)
Orden PJC/1290/2024, de 13 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional por el que se crea y regula el Comité Especializado contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 148591
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23946
Orden PJC/1290/2024, de 13 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo
del Consejo de Seguridad Nacional por el que se crea y regula el Comité
Especializado contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave.
El Consejo de Seguridad Nacional, en su reunión de 15 de octubre de 2024, ha
aprobado un acuerdo por el que se crea y regula el Comité Especializado contra el
Crimen Organizado y la Delincuencia Grave.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 24.1.e)
de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dispongo la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» del referido acuerdo como anejo a la presente orden.
Madrid, 13 de noviembre de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, Félix Bolaños García.
ANEJO
Acuerdo por el que se crea y regula el Comité Especializado contra el Crimen
Organizado y la Delincuencia Grave
El artículo 21.1.h) de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional,
atribuye al Consejo de Seguridad Nacional la función de acordar la creación y el
fortalecimiento de los órganos de apoyo necesarios para el desempeño de sus
funciones, en su condición de Comisión Delegada del Gobierno para la Seguridad
Nacional.
Como tal órgano colegiado del Gobierno, el Consejo de Seguridad Nacional asiste al
Presidente del Gobierno en la dirección de la política de Seguridad Nacional y del
Sistema de Seguridad Nacional, y ejerce las demás funciones previstas en la citada ley y
en las normas de carácter legal y reglamentario que resultan aplicables.
Un aspecto nuclear de la Ley de Seguridad Nacional reside en la concepción del
Sistema de Seguridad Nacional como el conjunto de órganos, organismos, recursos y
procedimientos integrados en su estructura, bajo la dirección del Presidente del Gobierno
y asistido por el Consejo de Seguridad Nacional, que permite a los órganos competentes
en materia de Seguridad Nacional ejercer sus funciones.
El Sistema, además, se integra por el Departamento de Seguridad Nacional del
Gabinete de la Presidencia del Gobierno, en su calidad de Secretaría Técnica y órgano
de trabajo permanente del Consejo y por los órganos de apoyo del Consejo de
Seguridad Nacional que, con la denominación de Comités Especializados u otra que se
determine, ejercen las funciones asignadas por el Consejo de Seguridad Nacional en los
ámbitos de actuación previstos en la Estrategia de Seguridad Nacional o cuando las
circunstancias propias de la gestión de crisis lo precisen.
La Estrategia de Seguridad Nacional 2021 acredita el crimen organizado y la
delincuencia grave como amenazas a la seguridad y bienestar de los ciudadanos. Ello se
aborda de forma monográfica en la Estrategia Nacional contra el Crimen Organizado y la
Delincuencia Grave 2019-2023, estrategia sectorial o de segundo nivel que se encuentra
actualmente en fase de revisión, sobre la base del acuerdo alcanzado por el Consejo de
Seguridad Nacional en su reunión de 19 de marzo de 2024.
cve: BOE-A-2024-23946
Verificable en https://www.boe.es
EXPOSICIÓN
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 148591
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23946
Orden PJC/1290/2024, de 13 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo
del Consejo de Seguridad Nacional por el que se crea y regula el Comité
Especializado contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave.
El Consejo de Seguridad Nacional, en su reunión de 15 de octubre de 2024, ha
aprobado un acuerdo por el que se crea y regula el Comité Especializado contra el
Crimen Organizado y la Delincuencia Grave.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 24.1.e)
de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dispongo la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» del referido acuerdo como anejo a la presente orden.
Madrid, 13 de noviembre de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, Félix Bolaños García.
ANEJO
Acuerdo por el que se crea y regula el Comité Especializado contra el Crimen
Organizado y la Delincuencia Grave
El artículo 21.1.h) de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional,
atribuye al Consejo de Seguridad Nacional la función de acordar la creación y el
fortalecimiento de los órganos de apoyo necesarios para el desempeño de sus
funciones, en su condición de Comisión Delegada del Gobierno para la Seguridad
Nacional.
Como tal órgano colegiado del Gobierno, el Consejo de Seguridad Nacional asiste al
Presidente del Gobierno en la dirección de la política de Seguridad Nacional y del
Sistema de Seguridad Nacional, y ejerce las demás funciones previstas en la citada ley y
en las normas de carácter legal y reglamentario que resultan aplicables.
Un aspecto nuclear de la Ley de Seguridad Nacional reside en la concepción del
Sistema de Seguridad Nacional como el conjunto de órganos, organismos, recursos y
procedimientos integrados en su estructura, bajo la dirección del Presidente del Gobierno
y asistido por el Consejo de Seguridad Nacional, que permite a los órganos competentes
en materia de Seguridad Nacional ejercer sus funciones.
El Sistema, además, se integra por el Departamento de Seguridad Nacional del
Gabinete de la Presidencia del Gobierno, en su calidad de Secretaría Técnica y órgano
de trabajo permanente del Consejo y por los órganos de apoyo del Consejo de
Seguridad Nacional que, con la denominación de Comités Especializados u otra que se
determine, ejercen las funciones asignadas por el Consejo de Seguridad Nacional en los
ámbitos de actuación previstos en la Estrategia de Seguridad Nacional o cuando las
circunstancias propias de la gestión de crisis lo precisen.
La Estrategia de Seguridad Nacional 2021 acredita el crimen organizado y la
delincuencia grave como amenazas a la seguridad y bienestar de los ciudadanos. Ello se
aborda de forma monográfica en la Estrategia Nacional contra el Crimen Organizado y la
Delincuencia Grave 2019-2023, estrategia sectorial o de segundo nivel que se encuentra
actualmente en fase de revisión, sobre la base del acuerdo alcanzado por el Consejo de
Seguridad Nacional en su reunión de 19 de marzo de 2024.
cve: BOE-A-2024-23946
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