Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2024-23928)
Resolución de 22 de octubre de 2024, del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja y la Comunidad Foral de Navarra, para la actualización y mejora geométrica de delimitaciones territoriales intercomunitarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277
Sábado 16 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 148349
CNIG, aprobado por Real Decreto 310/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el
Estatuto Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica (BOE núm. 121, de 21 de
mayo de 2021) y de su nombramiento como Director General del Instituto Geográfico
Nacional por Real Decreto 980/2018, de 27 de julio (BOE núm. 182, de 28 de julio
de 2018).
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir en
nombre de sus respectivas entidades el presente convenio y al efecto
EXPONEN
Primero.
Que, la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional es un centro directivo
adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible al que se encomienda la
responsabilidad de proporcionar al Estado un conocimiento exhaustivo de la realidad
física sobre la que debe proyectar su actuación. Una parte esencial de esta
realidad física es la información geográfica sobre las entidades municipales y sobre sus
términos, esto es, el territorio en el que los ayuntamientos ejercen sus
competencias (artículo 120 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local).
Segundo.
Por otra parte, el Organismo Autónomo Centro Nacional de Información
Geográfica (CNIG), adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través
de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, tiene por finalidad, entre otras,
la de producir y desarrollar los trabajos de carácter geográfico que demande la sociedad,
con especial dedicación a la realización de proyectos basados en tecnologías
avanzadas, programas de investigación y desarrollo, y prestación de asistencia técnica
en el ámbito de las ciencias y técnicas geográficas, todo ello en un marco estratégico
común con la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, tal y como se
establece en los artículos 122.2 de la Ley 37/1988 de Presupuestos Generales del
Estado para 1989, de 28 de diciembre (BOE de 29 de diciembre), por la que se crea el
CNIG, así como en los artículos 4 y 5 del Estatuto del CNIG, aprobado por Real
Decreto 310/2021, de 4 de mayo (BOE de 21 de mayo).
En este sentido, el artículo 5.5.a) del Estatuto del CNIG contempla que entre las
funciones a ejercer por este organismo autónomo se encuentra «Gestionar los
convenios, acuerdos y contratos necesarios con otras administraciones públicas e
instituciones nacionales e internacionales» y en el artículo 5.5.c). «Realizar operaciones
de replanteo de líneas límite municipales, a petición de cualquier Administración pública
o cualquier particular, sobre las actas de deslinde y Cuadernos de Campo asociados que
custodia la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional» y según lo establecido
en el artículo 8.2.d), el Consejo Rector ha aprobado la firma de este convenio en nombre
del organismo del CNIG con fecha de 10 de julio de 2024.
Que el artículo 8 del Decreto Foral 10/2023, de 17 de agosto, de la Presidenta de la
Comunidad Foral de Navarra, por el que se establece la estructura departamental de la
Administración de la Comunidad Foral de Navarra, atribuye al Departamento de
Cohesión Territorial competencia en materia de Administración Local y Cartografía en el
ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
Cuarto.
Que el artículo 5 del Decreto 57/2023, de 14 de julio, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la
cve: BOE-A-2024-23928
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 277
Sábado 16 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 148349
CNIG, aprobado por Real Decreto 310/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el
Estatuto Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica (BOE núm. 121, de 21 de
mayo de 2021) y de su nombramiento como Director General del Instituto Geográfico
Nacional por Real Decreto 980/2018, de 27 de julio (BOE núm. 182, de 28 de julio
de 2018).
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir en
nombre de sus respectivas entidades el presente convenio y al efecto
EXPONEN
Primero.
Que, la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional es un centro directivo
adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible al que se encomienda la
responsabilidad de proporcionar al Estado un conocimiento exhaustivo de la realidad
física sobre la que debe proyectar su actuación. Una parte esencial de esta
realidad física es la información geográfica sobre las entidades municipales y sobre sus
términos, esto es, el territorio en el que los ayuntamientos ejercen sus
competencias (artículo 120 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local).
Segundo.
Por otra parte, el Organismo Autónomo Centro Nacional de Información
Geográfica (CNIG), adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través
de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, tiene por finalidad, entre otras,
la de producir y desarrollar los trabajos de carácter geográfico que demande la sociedad,
con especial dedicación a la realización de proyectos basados en tecnologías
avanzadas, programas de investigación y desarrollo, y prestación de asistencia técnica
en el ámbito de las ciencias y técnicas geográficas, todo ello en un marco estratégico
común con la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, tal y como se
establece en los artículos 122.2 de la Ley 37/1988 de Presupuestos Generales del
Estado para 1989, de 28 de diciembre (BOE de 29 de diciembre), por la que se crea el
CNIG, así como en los artículos 4 y 5 del Estatuto del CNIG, aprobado por Real
Decreto 310/2021, de 4 de mayo (BOE de 21 de mayo).
En este sentido, el artículo 5.5.a) del Estatuto del CNIG contempla que entre las
funciones a ejercer por este organismo autónomo se encuentra «Gestionar los
convenios, acuerdos y contratos necesarios con otras administraciones públicas e
instituciones nacionales e internacionales» y en el artículo 5.5.c). «Realizar operaciones
de replanteo de líneas límite municipales, a petición de cualquier Administración pública
o cualquier particular, sobre las actas de deslinde y Cuadernos de Campo asociados que
custodia la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional» y según lo establecido
en el artículo 8.2.d), el Consejo Rector ha aprobado la firma de este convenio en nombre
del organismo del CNIG con fecha de 10 de julio de 2024.
Que el artículo 8 del Decreto Foral 10/2023, de 17 de agosto, de la Presidenta de la
Comunidad Foral de Navarra, por el que se establece la estructura departamental de la
Administración de la Comunidad Foral de Navarra, atribuye al Departamento de
Cohesión Territorial competencia en materia de Administración Local y Cartografía en el
ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
Cuarto.
Que el artículo 5 del Decreto 57/2023, de 14 de julio, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la
cve: BOE-A-2024-23928
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Tercero.