Ministerio de Juventud E Infancia. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-23862)
Resolución de 8 de noviembre de 2024, del Instituto de la Juventud, por la que se publica el Convenio con The British Council, para la adopción de determinados beneficios para los usuarios del Carné Joven Europeo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276

Viernes 15 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 148137

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA
23862

Resolución de 8 de noviembre de 2024, del Instituto de la Juventud, por la
que se publica el Convenio con The British Council, para la adopción de
determinados beneficios para los usuarios del Carné Joven Europeo.

Con fecha 21 de octubre de 2024 se ha suscrito el Convenio entre el Instituto de la
Juventud del Ministerio de Juventud e Infancia y The British Council para la adopción de
determinados beneficios para los usuarios del Carné Joven Europeo.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal
de Instrumentos de Cooperación, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 8 de noviembre de 2024.–La Directora General del Instituto de la Juventud,
Margarita Guerrero Calderón.
ANEXO
Convenio entre el Instituto de la Juventud y The British Council para la adopción
de determinados beneficios para los usuarios del Carné Joven Europeo
En Madrid, a fecha de la firma electrónica.
REUNIDOS
De una parte, doña Margarita Guerrero Calderón, Directora General del Instituto de la
Juventud, del Ministerio de Juventud e Infancia (en adelante, INJUVE), con domicilio
social en Madrid, calle de José Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid, actuando en nombre
y representación de la misma en virtud del nombramiento efectuado por Real
Decreto 1123/2023, de 12 de diciembre (BOE de 13 de diciembre de 2023), y de las
competencias que le otorga el artículo 7 del Real Decreto 486/2005, de 4 de mayo (BOE
núm. 112, de 11 de mayo), por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo
Instituto de la Juventud.
De otra, don Alejandro Valencia Von Korff, Director English Teaching Spain de la
Delegación en España de la Fundación British Council (en adelante, «British Council»),
con CIF número W0061076F, y domicilio en Paseo del General Martínez Campos, 31,
28010, Madrid, que interviene en nombre y representación del British Council en su
calidad de Director.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

Primero.
Que al INJUVE, corresponde, de acuerdo con lo determinado en el Real
Decreto 486/2005, de 4 de mayo, el ejercicio de funciones relacionadas con la promoción
sociocultural, la cooperación, la comunicación, la participación, la información de la
juventud y, en general, la ejecución de las políticas del Ministerio de Juventud e Infancia,
al que está adscrito, en colaboración con los Departamentos Ministeriales y las
Administraciones Públicas cuyas actividades incidan sobre el sector de población juvenil.

cve: BOE-A-2024-23862
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