Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-23824)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Universidad de León, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 147870
12.4 El nombramiento será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el
«Boletín Oficial de Castilla y León», comunicado al correspondiente registro a efectos de
inscripción y otorgamiento del número de Registro de Personal y comunicado al Consejo
de Universidades. El nombramiento especificará la denominación de la plaza: Cuerpo,
Especialidad de Conocimiento, Departamento y Campus.
12.5 En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el/la candidato/a
propuesto/a deberá tomar posesión de su destino, momento en que adquirirá la
condición de funcionario/a del cuerpo docente universitario de que se trate por la
Universidad de León, con los derechos y deberes que le son propios.
12.6 La plaza obtenida tras el Concurso de Acceso deberá desempeñarse al menos
durante dos años, antes de poder participar en un nuevo concurso a efectos de obtener
en otra Universidad.
12.7 Los concursantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados para la
plaza no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes.
13.
Custodia y retirada de la documentación
13.1 La documentación de los concursantes a plazas que no hayan sido objeto de
reclamación o recurso podrá ser retirada por los interesados en la Sección de Personal
Docente e Investigador, una vez transcurrido el plazo de tres meses a contar desde la
publicación de la resolución rectoral que puso fin al proceso selectivo.
13.2 La documentación de los aspirantes a las plazas que hayan sido objeto de
recurso no podrá ser retirada hasta la firmeza de la resolución impugnada. Sin perjuicio
de lo anterior, los interesados podrán realizar copia de la misma a otros efectos.
13.3 Transcurridos seis meses adicionales sin que los interesados hubieran retirado
dicha documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.
14.
Datos de carácter personal
14.1 De acuerdo con lo dispuesto en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, (BOE de 6 de
diciembre), los datos facilitados por los aspirantes, pasarán a formar parte del fichero de
personal, cuya finalidad es la gestión del personal de la Universidad de León, gestión de
la docencia e investigación, gestión de la participación del personal en los servicios y
actos universitarios, así como la gestión de la participación de los candidatos en los
procesos de selección. Los datos contenidos en este fichero podrán ser tratados con
fines históricos o estadísticos.
14.2 Tales ficheros están regulados por las resoluciones de esta Universidad,
pudiendo ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación de los datos
remitiendo un escrito al Sr. Gerente de la Universidad de León, adjuntando copia de
documento que acredite la identidad del interesado.
Norma final
15.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas,
se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que
adopte la Comisión de Acceso, sin perjuicio de los recursos que procedan. La comisión
está facultada para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios
para el buen orden de las pruebas en todo lo no previsto en estas bases.
15.2 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán
interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de León, en el plazo de dos meses contados a partir del día
siguiente a la publicación, o recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad
de León, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación, sin
perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
cve: BOE-A-2024-23824
Verificable en https://www.boe.es
15.
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 147870
12.4 El nombramiento será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el
«Boletín Oficial de Castilla y León», comunicado al correspondiente registro a efectos de
inscripción y otorgamiento del número de Registro de Personal y comunicado al Consejo
de Universidades. El nombramiento especificará la denominación de la plaza: Cuerpo,
Especialidad de Conocimiento, Departamento y Campus.
12.5 En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el/la candidato/a
propuesto/a deberá tomar posesión de su destino, momento en que adquirirá la
condición de funcionario/a del cuerpo docente universitario de que se trate por la
Universidad de León, con los derechos y deberes que le son propios.
12.6 La plaza obtenida tras el Concurso de Acceso deberá desempeñarse al menos
durante dos años, antes de poder participar en un nuevo concurso a efectos de obtener
en otra Universidad.
12.7 Los concursantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados para la
plaza no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes.
13.
Custodia y retirada de la documentación
13.1 La documentación de los concursantes a plazas que no hayan sido objeto de
reclamación o recurso podrá ser retirada por los interesados en la Sección de Personal
Docente e Investigador, una vez transcurrido el plazo de tres meses a contar desde la
publicación de la resolución rectoral que puso fin al proceso selectivo.
13.2 La documentación de los aspirantes a las plazas que hayan sido objeto de
recurso no podrá ser retirada hasta la firmeza de la resolución impugnada. Sin perjuicio
de lo anterior, los interesados podrán realizar copia de la misma a otros efectos.
13.3 Transcurridos seis meses adicionales sin que los interesados hubieran retirado
dicha documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.
14.
Datos de carácter personal
14.1 De acuerdo con lo dispuesto en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, (BOE de 6 de
diciembre), los datos facilitados por los aspirantes, pasarán a formar parte del fichero de
personal, cuya finalidad es la gestión del personal de la Universidad de León, gestión de
la docencia e investigación, gestión de la participación del personal en los servicios y
actos universitarios, así como la gestión de la participación de los candidatos en los
procesos de selección. Los datos contenidos en este fichero podrán ser tratados con
fines históricos o estadísticos.
14.2 Tales ficheros están regulados por las resoluciones de esta Universidad,
pudiendo ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación de los datos
remitiendo un escrito al Sr. Gerente de la Universidad de León, adjuntando copia de
documento que acredite la identidad del interesado.
Norma final
15.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas,
se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que
adopte la Comisión de Acceso, sin perjuicio de los recursos que procedan. La comisión
está facultada para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios
para el buen orden de las pruebas en todo lo no previsto en estas bases.
15.2 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán
interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de León, en el plazo de dos meses contados a partir del día
siguiente a la publicación, o recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad
de León, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación, sin
perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
cve: BOE-A-2024-23824
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