Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Nacional Veterinario. (BOE-A-2024-23789)
Resolución de 4 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Nacional Veterinario.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 147773
El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con cualquier otro proceso
selectivo, en las fechas de celebración de cualquiera de sus fases, incluida la realización
o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, períodos de prácticas o cualquier
otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.
Las calificaciones de los distintos ejercicios se publicarán una vez haya actuado la
última persona aspirante en cada uno de los ejercicios.
A las personas aspirantes que superen el primer ejercicio, pero no el proceso
selectivo, con una nota superior al 50 por ciento de la calificación máxima prevista, se les
conservará la calificación de ese ejercicio en la convocatoria inmediata siguiente. No
obstante, si en la convocatoria inmediata siguiente optasen por realizar el ejercicio,
quedará sin efecto el resultado obtenido para aquel en la presente convocatoria.
2.
Curso selectivo
Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico y práctico, organizado por
la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, cuya duración máxima será
de tres meses.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro
desempeño profesional, e incluirá un módulo en materia de igualdad entre hombres y
mujeres y otro en materia de violencia de género.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo las personas
aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento.
El personal funcionario de carrera y el personal laboral fijo que hubiera superado
estas pruebas selectivas será autorizado para asistir al curso selectivo por la
Subsecretaría del Departamento en el que presten sus servicios.
La calificación máxima del curso selectivo será de 20 puntos. La puntuación mínima
necesaria para superar este curso será de 10 puntos.
Potestativamente, el órgano convocante podrá incluir, dentro del curso selectivo, un
período de prácticas, pudiendo desarrollarse en régimen de estancia en otras
administraciones o instituciones vinculadas al sector agroalimentario.
Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento
como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante,
a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo en la
convocatoria inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la
puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la
coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o periodos de prácticas
correspondientes a diferentes convocatorias.
Una vez superado el curso selectivo, las personas aspirantes continuarán en la
situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino
como funcionarios de carrera del Cuerpo Nacional Veterinario. Quienes ya fueran
personal funcionario de carrera o personal laboral fijo antes de participar en estas
pruebas selectivas, continuarán, asimismo, en la situación de funcionarios en prácticas,
reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquél en
que finalice la realización del curso selectivo, con independencia del momento en que se
publique la calificación de dicho curso.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2. Mayor puntuación obtenida en el cuarto ejercicio.
3. Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
cve: BOE-A-2024-23789
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 147773
El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con cualquier otro proceso
selectivo, en las fechas de celebración de cualquiera de sus fases, incluida la realización
o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, períodos de prácticas o cualquier
otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.
Las calificaciones de los distintos ejercicios se publicarán una vez haya actuado la
última persona aspirante en cada uno de los ejercicios.
A las personas aspirantes que superen el primer ejercicio, pero no el proceso
selectivo, con una nota superior al 50 por ciento de la calificación máxima prevista, se les
conservará la calificación de ese ejercicio en la convocatoria inmediata siguiente. No
obstante, si en la convocatoria inmediata siguiente optasen por realizar el ejercicio,
quedará sin efecto el resultado obtenido para aquel en la presente convocatoria.
2.
Curso selectivo
Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico y práctico, organizado por
la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, cuya duración máxima será
de tres meses.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro
desempeño profesional, e incluirá un módulo en materia de igualdad entre hombres y
mujeres y otro en materia de violencia de género.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo las personas
aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento.
El personal funcionario de carrera y el personal laboral fijo que hubiera superado
estas pruebas selectivas será autorizado para asistir al curso selectivo por la
Subsecretaría del Departamento en el que presten sus servicios.
La calificación máxima del curso selectivo será de 20 puntos. La puntuación mínima
necesaria para superar este curso será de 10 puntos.
Potestativamente, el órgano convocante podrá incluir, dentro del curso selectivo, un
período de prácticas, pudiendo desarrollarse en régimen de estancia en otras
administraciones o instituciones vinculadas al sector agroalimentario.
Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento
como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante,
a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo en la
convocatoria inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la
puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la
coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o periodos de prácticas
correspondientes a diferentes convocatorias.
Una vez superado el curso selectivo, las personas aspirantes continuarán en la
situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino
como funcionarios de carrera del Cuerpo Nacional Veterinario. Quienes ya fueran
personal funcionario de carrera o personal laboral fijo antes de participar en estas
pruebas selectivas, continuarán, asimismo, en la situación de funcionarios en prácticas,
reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquél en
que finalice la realización del curso selectivo, con independencia del momento en que se
publique la calificación de dicho curso.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2. Mayor puntuación obtenida en el cuarto ejercicio.
3. Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
cve: BOE-A-2024-23789
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276