Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2024-23859)
Resolución de 4 de noviembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Zaragoza, para el desarrollo de programas de máster universitario, prácticas académicas externas y trabajos fin de máster.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 148109
a través de la Comisión de Seguimiento prevista en el mismo. Si no fuera posible
alcanzar dicho acuerdo, estas cuestiones serán sometidas al orden jurisdiccional de lo
contencioso-administrativo.
Duodécima.
Procedimiento para la modificación o extinción de planes de estudio.
La modificación y/o extinción del plan de estudios del Máster se coordinará a través
de la Universidad. En caso de extinción, esta se producirá gradualmente y se garantizará
el derecho del alumnado a finalizar los estudios por él iniciados.
Decimotercera.
Modificación del convenio.
Cualquier modificación que altere lo establecido en el presente convenio habrá de
ser pactada para ser válida, y se formalizará mediante adenda que será firmada por las
partes.
Decimocuarta.
Resolución de convenios anteriores.
Conforme al artículo 51.2.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, se acuerda resolver el convenio suscrito por los firmantes el 9 de
marzo de 2021, dando lugar a su liquidación y extinción desde su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» previa inscripción en el registro electrónico estatal de
órganos e instrumentos de cooperación. Si en la fecha de resolución se encontrase en
desarrollo algún programa de prácticas de Máster amparado en el mencionado convenio,
se mantendrán los compromisos adquiridos hasta la finalización de estas prácticas.
Desde la fecha en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al firmado por las partes el de 9 de marzo de 2021, convenio que por
consiguiente se declara resuelto, liquidado y extinto.
cve: BOE-A-2024-23859
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo acordado, ambas
partes firman electrónicamente el presente convenio, constando como fecha de
suscripción la última realizada, el 31 de octubre de 2024.–El Vicepresidente de
Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, Carlos Closa Montero.–La Vicerrectora de Estudiantes y
Empleo de la Universidad de Zaragoza, Ángela Alcalá Arellano.
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 148109
a través de la Comisión de Seguimiento prevista en el mismo. Si no fuera posible
alcanzar dicho acuerdo, estas cuestiones serán sometidas al orden jurisdiccional de lo
contencioso-administrativo.
Duodécima.
Procedimiento para la modificación o extinción de planes de estudio.
La modificación y/o extinción del plan de estudios del Máster se coordinará a través
de la Universidad. En caso de extinción, esta se producirá gradualmente y se garantizará
el derecho del alumnado a finalizar los estudios por él iniciados.
Decimotercera.
Modificación del convenio.
Cualquier modificación que altere lo establecido en el presente convenio habrá de
ser pactada para ser válida, y se formalizará mediante adenda que será firmada por las
partes.
Decimocuarta.
Resolución de convenios anteriores.
Conforme al artículo 51.2.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, se acuerda resolver el convenio suscrito por los firmantes el 9 de
marzo de 2021, dando lugar a su liquidación y extinción desde su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» previa inscripción en el registro electrónico estatal de
órganos e instrumentos de cooperación. Si en la fecha de resolución se encontrase en
desarrollo algún programa de prácticas de Máster amparado en el mencionado convenio,
se mantendrán los compromisos adquiridos hasta la finalización de estas prácticas.
Desde la fecha en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al firmado por las partes el de 9 de marzo de 2021, convenio que por
consiguiente se declara resuelto, liquidado y extinto.
cve: BOE-A-2024-23859
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo acordado, ambas
partes firman electrónicamente el presente convenio, constando como fecha de
suscripción la última realizada, el 31 de octubre de 2024.–El Vicepresidente de
Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, Carlos Closa Montero.–La Vicerrectora de Estudiantes y
Empleo de la Universidad de Zaragoza, Ángela Alcalá Arellano.