Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Fundaciones. (BOE-A-2024-23828)
Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Universidad Libre de Canarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 147900
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23828
Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Universidad Libre de Canarias.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la entidad mercantil Universidad Libre de
Canarias, Sociedad Limitada, según resulta de la escritura otorgada ante el notario de
Las Palmas de Gran Canaria, el 6 de junio de 2023 con el número 2.259 de protocolo.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Los Balcones, número 10,
en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, CP 35001 y su ámbito de
actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
desembolsada en cuanto a la cantidad de 7500 euros tal y como se acredita con la
correspondiente certificación bancaria. Los restantes 22.500 euros serán aportados en
un plazo no superior a los cinco años. Se aporta estudio de viabilidad elaborado por don
Alejandro Suárez Moreno, Abogado y Asesor fiscal, programa de actuación para los tres
primeros años y certificado de compromiso de donación para el apoyo de actividades y
proyectos por importe de 25.000 euros durante tres años.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
Quinto. Patronos.
Don Gabriel Calzada Álvarez, don Gonzalo Melián Marrero, doña Inés María Calzada
Álvarez y doña Karen Itse Emlie Guyonne Maeyens.
Cargos:
Presidente: Don Gabriel Calzada Álvarez.
Vicepresidente: Don Gonzalo Melián Marrero.
cve: BOE-A-2024-23828
Verificable en https://www.boe.es
– Promover los principios y valores que sustentan las sociedades de personas libres
y responsables.
– Promover el desarrollo y la difusión de la libertad educativa en todos los niveles de
enseñanza.
– Apoyar a la Universidad de las Hespérides y al centro de Estudios Superiores de
Madrid Manuel Ayau en el desarrollo de sus respectivas misiones.
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 147900
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23828
Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Universidad Libre de Canarias.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la entidad mercantil Universidad Libre de
Canarias, Sociedad Limitada, según resulta de la escritura otorgada ante el notario de
Las Palmas de Gran Canaria, el 6 de junio de 2023 con el número 2.259 de protocolo.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Los Balcones, número 10,
en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, CP 35001 y su ámbito de
actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
desembolsada en cuanto a la cantidad de 7500 euros tal y como se acredita con la
correspondiente certificación bancaria. Los restantes 22.500 euros serán aportados en
un plazo no superior a los cinco años. Se aporta estudio de viabilidad elaborado por don
Alejandro Suárez Moreno, Abogado y Asesor fiscal, programa de actuación para los tres
primeros años y certificado de compromiso de donación para el apoyo de actividades y
proyectos por importe de 25.000 euros durante tres años.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
Quinto. Patronos.
Don Gabriel Calzada Álvarez, don Gonzalo Melián Marrero, doña Inés María Calzada
Álvarez y doña Karen Itse Emlie Guyonne Maeyens.
Cargos:
Presidente: Don Gabriel Calzada Álvarez.
Vicepresidente: Don Gonzalo Melián Marrero.
cve: BOE-A-2024-23828
Verificable en https://www.boe.es
– Promover los principios y valores que sustentan las sociedades de personas libres
y responsables.
– Promover el desarrollo y la difusión de la libertad educativa en todos los niveles de
enseñanza.
– Apoyar a la Universidad de las Hespérides y al centro de Estudios Superiores de
Madrid Manuel Ayau en el desarrollo de sus respectivas misiones.