Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-23757)
Real Decreto 1025/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan y suprimen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Seguridad y Medio Ambiente; Servicios Socioculturales y a la Comunidad; Textil, Confección y Piel; y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 147009
1. En el artículo 2 se suprime la cualificación profesional «Ensamblaje de
materiales. Nivel 2. TCP070_2. Anexo LXX».
2. Se da una nueva redacción al anexo LXIX, cualificación profesional «Tintura y
engrase de pieles». Nivel 2. TCP069_2, que se sustituye por la que figura en el anexo I
de este real decreto.
3. Se suprime el anexo LXX, relativo a la cualificación profesional «Ensamblaje de
materiales». Nivel 2. TCP070_2.
Artículo 4. Actualización, modificación parcial y supresión de determinadas
cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Textil, Confección y Piel,
establecida por el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real
Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, se procede a la actualización de las
cualificaciones profesionales cuyas especificaciones están contenidas en los anexos
CXL, CXLI y CXLIII del citado real decreto, y a la supresión de la cualificación profesional
cuyas especificaciones están contenidas en el anexo CXLII del citado real decreto.
1. En el artículo 2 se sustituye la denominación del anexo CXL «Corte, montado y
acabado en peletería. Nivel 2», por la siguiente:
«Confección de prendas y artículos de peletería. Nivel 2. Anexo CXL».
Asimismo, se suprime la cualificación profesional «Acabados de confección. Nivel 2.
Anexo CXLII».
2. Se da una nueva redacción al anexo CXL, cualificación profesional «Corte,
montado y acabado en peletería». Nivel 2. TCP140_2, que se sustituye por la que figura
en el anexo II de este real decreto donde consta la cualificación profesional «Confección
de prendas y artículos de peletería». Nivel 2. TCP140_2».
3. Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como «Anexo
CXLI: Ribera y curtición de pieles. Nivel 2. TCP141_2»: sustituyendo, respectivamente,
la unidad de competencia «UC0191_2: Preparar productos para los tratamientos de las
pieles» y el módulo formativo asociado «MF0191_2: Química aplicada al proceso de
curtidos (120 horas)», por la unidad de competencia «UC0191_2: Preparar productos
para el proceso de curtición de las pieles» y el módulo formativo asociado «MF0191_2:
Química aplicada al proceso de curtición (30 horas)», correspondientes al anexo I
«Tintura y engrase de pieles. Nivel 2. TCP069_2» de este real decreto, modificándose
igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 420 horas
a 330 horas.
4. Se suprime el anexo CXLII, relativo a la cualificación profesional «Acabados de
confección». Nivel 2. TCP142_2.
5. Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como «Anexo
CXLIII: Montado y acabado de calzado y marroquinería. Nivel 2. TCP143_2»:
sustituyendo, respectivamente, la unidad de competencia «UC0195_2: Reconocer
materias primas y productos de confección, calzado y marroquinería» y el módulo
formativo asociado «MF0195_2: Materias y procesos de textil, confección y piel (150
horas)», por la unidad de competencia «UC0195_2: Reconocer materias primas y
productos de confección, calzado y marroquinería» y el módulo formativo asociado
«MF0195_2: Materias y procesos de textil, confección y piel (150 horas)»,
correspondientes al anexo IV «Confección de vestuario a medida y/o semimedida en
textil. Nivel 2. TCP391_2» de este real decreto.
cve: BOE-A-2024-23757
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 147009
1. En el artículo 2 se suprime la cualificación profesional «Ensamblaje de
materiales. Nivel 2. TCP070_2. Anexo LXX».
2. Se da una nueva redacción al anexo LXIX, cualificación profesional «Tintura y
engrase de pieles». Nivel 2. TCP069_2, que se sustituye por la que figura en el anexo I
de este real decreto.
3. Se suprime el anexo LXX, relativo a la cualificación profesional «Ensamblaje de
materiales». Nivel 2. TCP070_2.
Artículo 4. Actualización, modificación parcial y supresión de determinadas
cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Textil, Confección y Piel,
establecida por el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real
Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, se procede a la actualización de las
cualificaciones profesionales cuyas especificaciones están contenidas en los anexos
CXL, CXLI y CXLIII del citado real decreto, y a la supresión de la cualificación profesional
cuyas especificaciones están contenidas en el anexo CXLII del citado real decreto.
1. En el artículo 2 se sustituye la denominación del anexo CXL «Corte, montado y
acabado en peletería. Nivel 2», por la siguiente:
«Confección de prendas y artículos de peletería. Nivel 2. Anexo CXL».
Asimismo, se suprime la cualificación profesional «Acabados de confección. Nivel 2.
Anexo CXLII».
2. Se da una nueva redacción al anexo CXL, cualificación profesional «Corte,
montado y acabado en peletería». Nivel 2. TCP140_2, que se sustituye por la que figura
en el anexo II de este real decreto donde consta la cualificación profesional «Confección
de prendas y artículos de peletería». Nivel 2. TCP140_2».
3. Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como «Anexo
CXLI: Ribera y curtición de pieles. Nivel 2. TCP141_2»: sustituyendo, respectivamente,
la unidad de competencia «UC0191_2: Preparar productos para los tratamientos de las
pieles» y el módulo formativo asociado «MF0191_2: Química aplicada al proceso de
curtidos (120 horas)», por la unidad de competencia «UC0191_2: Preparar productos
para el proceso de curtición de las pieles» y el módulo formativo asociado «MF0191_2:
Química aplicada al proceso de curtición (30 horas)», correspondientes al anexo I
«Tintura y engrase de pieles. Nivel 2. TCP069_2» de este real decreto, modificándose
igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 420 horas
a 330 horas.
4. Se suprime el anexo CXLII, relativo a la cualificación profesional «Acabados de
confección». Nivel 2. TCP142_2.
5. Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como «Anexo
CXLIII: Montado y acabado de calzado y marroquinería. Nivel 2. TCP143_2»:
sustituyendo, respectivamente, la unidad de competencia «UC0195_2: Reconocer
materias primas y productos de confección, calzado y marroquinería» y el módulo
formativo asociado «MF0195_2: Materias y procesos de textil, confección y piel (150
horas)», por la unidad de competencia «UC0195_2: Reconocer materias primas y
productos de confección, calzado y marroquinería» y el módulo formativo asociado
«MF0195_2: Materias y procesos de textil, confección y piel (150 horas)»,
correspondientes al anexo IV «Confección de vestuario a medida y/o semimedida en
textil. Nivel 2. TCP391_2» de este real decreto.
cve: BOE-A-2024-23757
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276