Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-23757)
Real Decreto 1025/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan y suprimen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Seguridad y Medio Ambiente; Servicios Socioculturales y a la Comunidad; Textil, Confección y Piel; y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 147053

producción y el flujo de materiales, a fin de obtener artículos de piel con la
calidad requerida por la clientela.
CR3.1 Las pieles se unen, teniendo en cuenta el modelo indicado en la ficha
técnica y las nuevas técnicas de confección.
CR3.2 Las pieles se unen, con la tensión del hilo y amplitud de puntada
adecuada al tipo de piel, siendo lo más fina posible y siguiendo como
guía las muescas de los patrones, a fin de evitar deformaciones en la
piel.
CR3.3 Las costuras se planchan, utilizando plancha sin vapor, a fin de
asentarlas.
CR3.4 Las costuras de alargue y empalmes se aplican, teniendo en cuenta el
largo de la tira y la identificación de aplomos, según secuencia
establecida en la ficha técnica.
CR3.5 Las pieles alargadas o empalmadas se clasifican, según tonalidades,
densidad de pelo, altura de pelo, brillo, dirección de pelo, efectos
ópticos, entre otros, a fin de utilizar la misma técnica de ensamblaje.
CR3.6 Las pieles (Astrakán, Mouton, Rex) se empalman, utilizando plantillas
de formas específicas.
CR3.7 Los bordes de las partes refiladas de una prenda de piel se encintan, a
mano, con hilo fino de algodón, montándolo posteriormente, con
máquina peletera, a fin de completar el montaje de la prenda.
CR3.8 Las máquinas de unión, alargues y empalmes se manejan, utilizando
los Equipos de Protección Individual (EPI) específicos para prevenir
posibles riesgos laborales.
RP4: Controlar las operaciones de ensamblaje y montado de componentes,
asegurando el funcionamiento de los medios de producción y flujo de
materiales, a fin de obtener artículos de piel con la calidad requerida por la
clientela.
CR4.1 Las costuras de peletería vistas se rematan, cubriéndolas con un
tapacosturas (tiras de cuero muy finas) cosidas con máquinas de zigzag en las prendas reversibles y de piel vuelta, según modelo original.
CR4.2 Las fornituras (cremalleras, botones, broches, corchetes, entre otras)
se posicionan, fijándolas en el lugar previsto en el modelo, según la
orden de producción.
CR4.3 Las prendas y artículos de peletería se montan, teniendo en cuenta el
encaje de los aplomos y la interpretación del modelo.
CR4.4 Las prendas y artículos de peletería se forran, cortando el forro con
tijera a la medida del patrón, dejando una holgura de 1,5 cm,
cosiéndolo con máquina textil en primer lugar y, posteriormente, a mano
para unirlo a la piel.
CR4.5 Las máquinas peleteras se manejan, utilizando los Equipos de
Protección Individual (EPI) específicos para prevenir posibles riesgos
laborales.
CR4.6 Los problemas de calidad y sus causas se identifican, tomando las
medidas correctivas específicas.
RP5: Arreglar y/o transformar prendas y artículos de peletería, aplicando las técnicas
específicas, a fin satisfacer las necesidades de la clientela.
CR5.1 La prenda a arreglar y/o transformar se identifica, analizándola
mediante observación visual y al tacto, así como seleccionando las
pieles necesarias para llevar a cabo la actividad.
CR5.2 El patrón a utilizar para arreglar y/o transformar la piel se selecciona,
entre los disponibles, teniendo en cuenta el modelo original.

cve: BOE-A-2024-23757
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Núm. 276