Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-23633)
Real Decreto 1022/2024, de 8 de octubre, por el que se establecen dos cualificaciones profesionales de la familia profesional Edificación y Obra Civil, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Electricidad y Electrónica; y Edificación y Obra Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 14 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 145597

el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de
diecisiete cualificaciones profesionales de nivel 1, correspondientes a determinadas
familias profesionales.
d) Operaciones básicas de revestimientos ligeros y técnicos en construcción.
Nivel 1. EOC578_1, establecida por el Real Decreto 1548/2011, de 31 de octubre.
Artículo 3. Actualización una cualificación profesional de la Familia Profesional
Edificación y Obra Civil, establecida por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real
Decreto 295/2004, de 20 de febrero, se procede a la actualización de la cualificación
profesional cuyas especificaciones están contenidas en el anexo LI del citado real
decreto.
1. En el artículo 2 se sustituye la denominación del anexo LI «Operaciones de
hormigón. Nivel 1», por la siguiente:
«Operaciones auxiliares de hormigón. Nivel 1. Anexo LI».
2. Se da una nueva redacción al anexo LI, cualificación profesional «Operaciones
de hormigón». Nivel 1. EOC051_1, que se sustituye por la que figura en el anexo III de
este real decreto, donde consta la cualificación profesional «Operaciones auxiliares de
hormigón». Nivel 1. EOC051_1.
Artículo 4. Modificación parcial de dos cualificaciones profesionales de la Familia
Profesional Edificación y Obra Civil, establecidas por el Real Decreto 872/2007, de 2
de julio.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real
Decreto 872/2007, de 2 de julio, se procede a la modificación parcial de las
cualificaciones profesionales cuyas especificaciones están contenidas en los anexos
CCLXXI y CCLXXII del citado real decreto.
Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como «Anexo
CCLXXI: Operaciones auxiliares de albañilería de fábricas y cubiertas. Nivel 1.
EOC271_1» sustituyendo, respectivamente, la unidad de competencia «UC0276_1:
Realizar trabajos auxiliares en obras de construcción» y el módulo formativo asociado
«MF0276_1: Labores auxiliares de obra (90 horas)», por la unidad de competencia
«UC0276_1: Realizar operaciones auxiliares en obras de construcción» y el módulo
formativo asociado MF0276_1: Operaciones auxiliares en obras de construcción (90
horas)», correspondientes al anexo III «Operaciones auxiliares de hormigón. Nivel 1.
EOC051_1» de este real decreto.
Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como «Anexo
CCLXXII: Operaciones auxiliares de revestimientos continuos en construcción. Nivel 1.
EOC272_1» sustituyendo, respectivamente, la unidad de competencia «UC0276_1:
Realizar trabajos auxiliares en obras de construcción» y el módulo formativo asociado
«MF0276_1: Labores auxiliares de obra (90 horas)», por la unidad de competencia
«UC0276_1: Realizar operaciones auxiliares en obras de construcción» y el módulo
formativo asociado MF0276_1: Operaciones auxiliares en obras de construcción (90
horas)», correspondientes al anexo III «Operaciones auxiliares de hormigón. Nivel 1.
EOC051_1» de este real decreto.
Artículo 5. Modificación parcial de una cualificación profesional de la Familia Profesional
Edificación y Obra Civil, establecida por el Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1179/2008,
de 11 de julio, se procede a la modificación parcial de la cualificación profesional cuyas
especificaciones están contenidas en el anexo CDIX del citado real decreto.

cve: BOE-A-2024-23633
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Núm. 275