Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-23610)
Resolución de 5 de noviembre de 2024, de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Universitat Internacional de Catalunya, para la realización de prácticas académicas externas no remuneradas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274

Miércoles 13 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 145357

Público adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación a
través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional (SECI).
Segundo.
Que la Universitat Internacional de Catalunya es una fundación privada cuyo objetivo
es la creación de estructuras específicas que actúen como apoyo de la investigación y la
docencia, y a tal efecto puede colaborar con las administraciones públicas, instituciones
y entidades privadas con la finalidad de elaborar, participar y desarrollar planes y
acciones que contribuyan al progreso de la ciencia y la difusión de la cultura; y que
mantiene un compromiso con la sociedad que va más allá de su actividad empresarial,
conoce las iniciativas que lleva a cabo la AECID y que quiere colaborar con ella.
Tercero.
Que la formación que ofrece la Universitat Internacional de Catalunya debe basarse
tanto en la teoría como en la práctica, proporcionando a los alumnos una orientación
profesional que les permita incorporarse al mercado de trabajo en condiciones idóneas y
responder con eficacia y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
Cuarto.
Que la AECID comparte con la Universitat Internacional de Catalunya el interés por
contribuir a la formación en materia de cooperación internacional para el desarrollo de
titulados superiores universitarios, y manifiesta su deseo de colaborar en la formación de
los alumnos de ese centro educativo, al objeto de completar sus conocimientos teóricos
y habilidades, a través de la realización de prácticas curriculares y extracurriculares.
Quinto.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ha sido informado
favorablemente por la Asesoría Jurídica de la AECID y su firma ha sido autorizada por el
Ministerio de Hacienda, con fecha 20 de marzo de 2024.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio para la
participación del alumnado en la AECID, para la realización de prácticas académicas
externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones por las que
estudiantes de grado y posgrado de UIC Barcelona realizarán un programa de prácticas
académicas externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, de cualquier
enseñanza impartida por la Universidad, dentro de cualquiera de las áreas de trabajo de
la AECID, ya sea en sus Servicios Centrales o en las Unidades de Cooperación de la
AECID en el exterior y siempre de acuerdo con el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio
por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios.
Segunda. Compromisos de la AECID.
La AECID determinará en qué unidades se llevarán a cabo las prácticas en virtud de
la firma del presente acuerdo y según las condiciones establecidas en el mismo.

cve: BOE-A-2024-23610
Verificable en https://www.boe.es

Primera.