Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-23626)
Resolución de 28 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, para la asignación de Equipos Portátiles y/o separables dentro de la iniciativa «Puesto de Trabajo Inteligente», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274
Miércoles 13 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 145512
organismos públicos, en los términos que se establezcan por resolución del titular de la
SGAD y la de impulsar la consolidación de servicios, infraestructuras de las Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones (en adelante, TIC), equipamientos y redes
informáticas comunes de la Administración y sus organismos públicos. Asimismo,
corresponde a la SGAD la provisión de servicios en materias TIC a aquellos órganos con
los que se acuerde.
Cuarto.
Que la Secretaría General de MUFACE tiene como atribuciones/funciones
establecidas en el artículo 12 del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, de estructura de
los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado, de 7 de mayo; relativas a la elaboración y aplicación del
plan informático, la gestión de la infraestructura técnica y de comunicaciones y de las
tecnologías de la información en la organización.
Quinto.
Que la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, considera de gran
utilidad disponer de los equipos portátiles y/o separables enmarcados en la iniciativa de
Puesto de Trabajo Inteligente del Plan de Digitalización de las Administraciones
Públicas 2021-2025 para dotar a los empleados públicos de soluciones colaborativas y
de movilidad en los puestos de trabajo, que les permitan tanto su uso presencial en las
instalaciones del organismo o entidad como, en su caso, fuera de las mismas.
Sexto.
Que es posible la aplicación del Fondo de Recuperación Next Generation EU a la
adquisición de los equipos portátiles y/o separables, siendo el presente convenio el
instrumento destinado a hacer efectiva la medida «Puesto de Trabajo Inteligente»,
incluida en el C11.I1, mediante la asignación a la Mutualidad General de Funcionarios
Civiles del Estado de dichos equipos, así como la cesión de su derecho de uso.
Séptimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones, facilitar la aplicación de
economías de escala y contribuir a la racionalización y simplificación de la actuación
administrativa.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
1.º Llevar a cabo la asignación por la SGAD a la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado de 810 equipos portátiles y/o separables, adquiridos por
aquella con cargo al Fondo de Recuperación Next Generation EU, así como la cesión de
su derecho de uso. Dicha asignación se realiza con la siguiente distribución:
a) Equipos Portátiles ultraligeros: 810, cuyos números de serie e inventario se
adjuntan en el anexo I.
cve: BOE-A-2024-23626
Verificable en https://www.boe.es
Constituye el objeto de este convenio:
Núm. 274
Miércoles 13 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 145512
organismos públicos, en los términos que se establezcan por resolución del titular de la
SGAD y la de impulsar la consolidación de servicios, infraestructuras de las Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones (en adelante, TIC), equipamientos y redes
informáticas comunes de la Administración y sus organismos públicos. Asimismo,
corresponde a la SGAD la provisión de servicios en materias TIC a aquellos órganos con
los que se acuerde.
Cuarto.
Que la Secretaría General de MUFACE tiene como atribuciones/funciones
establecidas en el artículo 12 del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, de estructura de
los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado, de 7 de mayo; relativas a la elaboración y aplicación del
plan informático, la gestión de la infraestructura técnica y de comunicaciones y de las
tecnologías de la información en la organización.
Quinto.
Que la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, considera de gran
utilidad disponer de los equipos portátiles y/o separables enmarcados en la iniciativa de
Puesto de Trabajo Inteligente del Plan de Digitalización de las Administraciones
Públicas 2021-2025 para dotar a los empleados públicos de soluciones colaborativas y
de movilidad en los puestos de trabajo, que les permitan tanto su uso presencial en las
instalaciones del organismo o entidad como, en su caso, fuera de las mismas.
Sexto.
Que es posible la aplicación del Fondo de Recuperación Next Generation EU a la
adquisición de los equipos portátiles y/o separables, siendo el presente convenio el
instrumento destinado a hacer efectiva la medida «Puesto de Trabajo Inteligente»,
incluida en el C11.I1, mediante la asignación a la Mutualidad General de Funcionarios
Civiles del Estado de dichos equipos, así como la cesión de su derecho de uso.
Séptimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones, facilitar la aplicación de
economías de escala y contribuir a la racionalización y simplificación de la actuación
administrativa.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
1.º Llevar a cabo la asignación por la SGAD a la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado de 810 equipos portátiles y/o separables, adquiridos por
aquella con cargo al Fondo de Recuperación Next Generation EU, así como la cesión de
su derecho de uso. Dicha asignación se realiza con la siguiente distribución:
a) Equipos Portátiles ultraligeros: 810, cuyos números de serie e inventario se
adjuntan en el anexo I.
cve: BOE-A-2024-23626
Verificable en https://www.boe.es
Constituye el objeto de este convenio: