Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-23541)
Real Decreto 1021/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Administración y Gestión; Artes Gráficas; Artes y Artesanías; Comercio y Marketing; Hostelería y Turismo; Energía y Agua; Marítimo Pesquera; Seguridad y Medio Ambiente; y Servicios Socioculturales y a la Comunidad, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274
Miércoles 13 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 144610
Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de trece
cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Hostelería y Turismo.
2.ª Guía de turismo. Nivel 3. HOT335_3, establecida por el Real
Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre.
3.ª Guarda de refugios y albergues de montaña. Nivel 2. HOT653_2, establecida
por el Real Decreto 1552/2011, de 31 de octubre, por el que se complementa el Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de dos
cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Hostelería y Turismo.
4.ª Apiturismo: Nivel 3. HOT741_3, establecida por el Real Decreto 45/2022, de 18
de enero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las
familias profesionales Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, Energía y Agua
y Hostelería y Turismo, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales, y se modifican parcialmente determinadas cualificaciones profesionales
de las familias profesionales Agraria y Energía y Agua, recogidas en el Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales.
5.ª Ecoturismo. Nivel 3. HOT743_3, establecida por el Real Decreto 45/2022, de 18
de enero.
6.ª Enoturismo. Nivel 3. HOT744_3, establecida por el Real Decreto 45/2022, de 18
de enero.
7.ª Micoturismo: Nivel 3. HOT745_3, establecida por el Real Decreto 45/2022,
de 18 de enero.
8.ª Pesca-turismo. Nivel 2. HOT788_2, establecida por el Real Decreto 884/2022,
de 18 de octubre, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales
de las familias profesionales Hostelería y Turismo, Informática y Comunicaciones,
Instalación y Mantenimiento, y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, que se incluyen
en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Familia Profesional Seguridad y Medio Ambiente:
1.ª Vigilancia y seguridad privada. Nivel 2. SEA029_2, establecida por el Real
Decreto 295/2004, de 20 de febrero.
2.ª Guarderío rural, cinegético y marítimo. Nivel 2. SEA130_2, establecida por el
Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.
3.ª Operaciones de vigilancia y control en el entorno acuático e hiperbárico. Nivel 2.
SEA532_2, establecida por el Real Decreto 1037/2011, de 15 de julio, por el que se
complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el
establecimiento de siete cualificaciones profesionales de la Familia Profesional
Seguridad y Medio Ambiente.
4.ª Operaciones subacuáticas de búsqueda y recuperación de víctimas y objetos
siniestrados. Nivel 2. SEA533_2, establecida por el Real Decreto 1037/2011, de 15 de
julio.
5.ª Gestión de emergencias acuáticas en aguas continentales. Nivel 3. SEA535_3,
establecida por el Real Decreto 1037/2011, de 15 de julio.
6.ª Operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a
contingencias en el medio natural y rural. Nivel 2. SEA595_2, establecida por el Real
Decreto 1031/2011, de 15 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de tres cualificaciones
profesionales de la Familia Profesional Seguridad y Medio Ambiente.
7.ª Coordinación de operaciones en incendios forestales y apoyo a contingencias
en el medio natural y rural. Nivel 3. SEA596_3, establecida por el Real
Decreto 1031/2011, de 15 de julio.
8.ª Instrucción en defensa personal. Nivel 3. SEA827_3, establecida por el Real
Decreto 546/2023, de 27 de junio.
cve: BOE-A-2024-23541
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 274
Miércoles 13 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 144610
Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de trece
cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Hostelería y Turismo.
2.ª Guía de turismo. Nivel 3. HOT335_3, establecida por el Real
Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre.
3.ª Guarda de refugios y albergues de montaña. Nivel 2. HOT653_2, establecida
por el Real Decreto 1552/2011, de 31 de octubre, por el que se complementa el Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de dos
cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Hostelería y Turismo.
4.ª Apiturismo: Nivel 3. HOT741_3, establecida por el Real Decreto 45/2022, de 18
de enero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las
familias profesionales Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, Energía y Agua
y Hostelería y Turismo, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales, y se modifican parcialmente determinadas cualificaciones profesionales
de las familias profesionales Agraria y Energía y Agua, recogidas en el Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales.
5.ª Ecoturismo. Nivel 3. HOT743_3, establecida por el Real Decreto 45/2022, de 18
de enero.
6.ª Enoturismo. Nivel 3. HOT744_3, establecida por el Real Decreto 45/2022, de 18
de enero.
7.ª Micoturismo: Nivel 3. HOT745_3, establecida por el Real Decreto 45/2022,
de 18 de enero.
8.ª Pesca-turismo. Nivel 2. HOT788_2, establecida por el Real Decreto 884/2022,
de 18 de octubre, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales
de las familias profesionales Hostelería y Turismo, Informática y Comunicaciones,
Instalación y Mantenimiento, y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, que se incluyen
en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Familia Profesional Seguridad y Medio Ambiente:
1.ª Vigilancia y seguridad privada. Nivel 2. SEA029_2, establecida por el Real
Decreto 295/2004, de 20 de febrero.
2.ª Guarderío rural, cinegético y marítimo. Nivel 2. SEA130_2, establecida por el
Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.
3.ª Operaciones de vigilancia y control en el entorno acuático e hiperbárico. Nivel 2.
SEA532_2, establecida por el Real Decreto 1037/2011, de 15 de julio, por el que se
complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el
establecimiento de siete cualificaciones profesionales de la Familia Profesional
Seguridad y Medio Ambiente.
4.ª Operaciones subacuáticas de búsqueda y recuperación de víctimas y objetos
siniestrados. Nivel 2. SEA533_2, establecida por el Real Decreto 1037/2011, de 15 de
julio.
5.ª Gestión de emergencias acuáticas en aguas continentales. Nivel 3. SEA535_3,
establecida por el Real Decreto 1037/2011, de 15 de julio.
6.ª Operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a
contingencias en el medio natural y rural. Nivel 2. SEA595_2, establecida por el Real
Decreto 1031/2011, de 15 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de tres cualificaciones
profesionales de la Familia Profesional Seguridad y Medio Ambiente.
7.ª Coordinación de operaciones en incendios forestales y apoyo a contingencias
en el medio natural y rural. Nivel 3. SEA596_3, establecida por el Real
Decreto 1031/2011, de 15 de julio.
8.ª Instrucción en defensa personal. Nivel 3. SEA827_3, establecida por el Real
Decreto 546/2023, de 27 de junio.
cve: BOE-A-2024-23541
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