Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-23541)
Real Decreto 1021/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Administración y Gestión; Artes Gráficas; Artes y Artesanías; Comercio y Marketing; Hostelería y Turismo; Energía y Agua; Marítimo Pesquera; Seguridad y Medio Ambiente; y Servicios Socioculturales y a la Comunidad, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
627 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 13 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 144617
anexo II “Acondicionamiento físico en Sala de Entrenamiento Polivalente (SEP). Nivel 3.
AFD097” de este real decreto».
Artículo 18. Modificación parcial de determinadas cualificaciones profesionales de la
Familia Profesional Seguridad y Medio Ambiente, establecidas por el Real
Decreto 1037/2011, de 15 de julio.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real
Decreto 1037/2011, de 15 de julio, se procede a la actualización de las cualificaciones
profesionales cuyas especificaciones están contenidas en los anexos DXXXII, DXXXIII
y DXXXV del citado real decreto.
Se modifican parcialmente las cualificaciones profesionales establecidas como
«Anexo DXXXII: Operaciones de vigilancia y control en el entorno acuático e hiperbárico.
Nivel 2. SEA532_2»; «Anexo DXXXIII: Operaciones subacuáticas de búsqueda y
recuperación de víctimas y objetos siniestrados. Nivel 2. SEA533_2» y «Anexo DXXXV:
Gestión de emergencias acuáticas en aguas continentales. Nivel 3. SEA535_3».
Se sustituye, la unidad de competencia «UC0272_2: Asistir como primer interviniente
en caso de accidente o situación de emergencia» y el módulo formativo asociado
«MF0272_2: Primeros auxilios (60 horas)», por la unidad de competencia «UC0272_2:
Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia» y el
módulo formativo asociado «MF0272_2: Primeros auxilios (60 horas) correspondientes al
anexo II “Acondicionamiento físico en Sala de Entrenamiento Polivalente (SEP). Nivel 3.
AFD097” de este real decreto».
Artículo 19. Actualización de una cualificación profesional de la Familia Profesional
Comercio y Marketing, establecida por el Real Decreto 1550/2011, de 31 de octubre.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real
Decreto 1550/2011, de 31 de octubre, se procede a la actualización de la cualificación
profesional cuyas especificaciones están contenidas en el anexo DCL del citado real
decreto.
Se da una nueva redacción al anexo DCL, cualificación profesional «Gestión
comercial inmobiliaria». Nivel 3. COM650_3, que se sustituye por la que figura en el
anexo XII de este real decreto.
Artículo 20. Modificación parcial de una cualificación profesional de la Familia
Profesional Hostelería y Turismo, establecida por el Real Decreto 1552/2011, de 31
de octubre.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real
Decreto 1552/2011, de 31 de octubre, se procede a la actualización de la cualificación
cuyas especificaciones están contenidas en el anexo DCLIII del citado real decreto.
Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como
«Anexo DCLIII: Guarda de refugios y albergues de montaña. Nivel 2. HOT653_2».
Se sustituye, la unidad de competencia «UC0272_2: Asistir como primer interviniente
en caso de accidente o situación de emergencia» y el módulo formativo asociado
«MF0272_2: Primeros auxilios (60 horas)», por la unidad de competencia «UC0272_2:
Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia» y el
módulo formativo asociado «MF0272_2: Primeros auxilios (60 horas) correspondientes al
anexo II “Acondicionamiento físico en Sala de Entrenamiento Polivalente (SEP). Nivel 3.
AFD097” de este real decreto».
cve: BOE-A-2024-23541
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 274
Miércoles 13 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 144617
anexo II “Acondicionamiento físico en Sala de Entrenamiento Polivalente (SEP). Nivel 3.
AFD097” de este real decreto».
Artículo 18. Modificación parcial de determinadas cualificaciones profesionales de la
Familia Profesional Seguridad y Medio Ambiente, establecidas por el Real
Decreto 1037/2011, de 15 de julio.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real
Decreto 1037/2011, de 15 de julio, se procede a la actualización de las cualificaciones
profesionales cuyas especificaciones están contenidas en los anexos DXXXII, DXXXIII
y DXXXV del citado real decreto.
Se modifican parcialmente las cualificaciones profesionales establecidas como
«Anexo DXXXII: Operaciones de vigilancia y control en el entorno acuático e hiperbárico.
Nivel 2. SEA532_2»; «Anexo DXXXIII: Operaciones subacuáticas de búsqueda y
recuperación de víctimas y objetos siniestrados. Nivel 2. SEA533_2» y «Anexo DXXXV:
Gestión de emergencias acuáticas en aguas continentales. Nivel 3. SEA535_3».
Se sustituye, la unidad de competencia «UC0272_2: Asistir como primer interviniente
en caso de accidente o situación de emergencia» y el módulo formativo asociado
«MF0272_2: Primeros auxilios (60 horas)», por la unidad de competencia «UC0272_2:
Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia» y el
módulo formativo asociado «MF0272_2: Primeros auxilios (60 horas) correspondientes al
anexo II “Acondicionamiento físico en Sala de Entrenamiento Polivalente (SEP). Nivel 3.
AFD097” de este real decreto».
Artículo 19. Actualización de una cualificación profesional de la Familia Profesional
Comercio y Marketing, establecida por el Real Decreto 1550/2011, de 31 de octubre.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real
Decreto 1550/2011, de 31 de octubre, se procede a la actualización de la cualificación
profesional cuyas especificaciones están contenidas en el anexo DCL del citado real
decreto.
Se da una nueva redacción al anexo DCL, cualificación profesional «Gestión
comercial inmobiliaria». Nivel 3. COM650_3, que se sustituye por la que figura en el
anexo XII de este real decreto.
Artículo 20. Modificación parcial de una cualificación profesional de la Familia
Profesional Hostelería y Turismo, establecida por el Real Decreto 1552/2011, de 31
de octubre.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real
Decreto 1552/2011, de 31 de octubre, se procede a la actualización de la cualificación
cuyas especificaciones están contenidas en el anexo DCLIII del citado real decreto.
Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como
«Anexo DCLIII: Guarda de refugios y albergues de montaña. Nivel 2. HOT653_2».
Se sustituye, la unidad de competencia «UC0272_2: Asistir como primer interviniente
en caso de accidente o situación de emergencia» y el módulo formativo asociado
«MF0272_2: Primeros auxilios (60 horas)», por la unidad de competencia «UC0272_2:
Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia» y el
módulo formativo asociado «MF0272_2: Primeros auxilios (60 horas) correspondientes al
anexo II “Acondicionamiento físico en Sala de Entrenamiento Polivalente (SEP). Nivel 3.
AFD097” de este real decreto».
cve: BOE-A-2024-23541
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 274