Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-23513)
Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el tercer Convenio con la Federación Española de Luchas Olímpicas y Disciplinas Asociadas, para la impartición por el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques comunes del periodo transitorio de la oferta formativa del año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273
Martes 12 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 144277
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
23513
Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la Presidencia del Consejo
Superior de Deportes, por la que se publica el tercer Convenio con la
Federación Española de Luchas Olímpicas y Disciplinas Asociadas, para la
impartición por el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques
comunes del periodo transitorio de la oferta formativa del año 2024.
El Consejo Superior de Deportes y la Federación Española de Luchas Olímpicas y
Disciplinas Asociadas han suscrito, con fecha 2 de septiembre de 2024, un convenio
para la impartición por el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques
comunes del periodo transitorio de la oferta formativa 2024, por lo que conforme a lo
previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 16 de septiembre de 2024.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes,
José Manuel Rodríguez Uribes.
ANEXO
Tercer convenio entre el Consejo Superior de Deportes y la Federación Española
de Luchas Olímpicas y Disciplinas Asociadas, para la impartición por el Centro
Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques comunes del periodo
transitorio de la oferta formativa del año 2024
Madrid, 2 de septiembre de 2024.
De una parte, don Fernando Molinero Revert, Director General de Deportes del
Consejo Superior de Deportes (en adelante, CSD), en nombre y representación de este
organismo, en virtud del nombramiento acordado mediante Real Decreto 8/2023, de 10
de enero (BOE número 9, de 11 de enero) y de acuerdo con las facultades que le
confiere el artículo 1 de la Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Presidencia del
Consejo Superior de Deportes, por la que se delegan competencias.
De otra parte, don Javier Iglesias Serna con DNI ***7063**, Presidente de la
Federación Española de Luchas Olímpicas y Disciplinas Asociadas (en adelante,
Federación), y CIF: Q2878024E, cargo electivo que ostenta desde el nombramiento
efectuado por la Asamblea general del día 23 de enero de 2021, convenientemente
acreditado mediante certificación registral, y de acuerdo con las facultades que le
concede el artículo 25 de los Estatutos vigentes, ratificados por la Comisión Directiva del
CSD de acuerdo a lo establecido en el artículo 14.g) de la Ley 39/2022, de 30 de
diciembre, del Deporte, en sesión 14 de marzo de 2022, y publicados en el BOE por
Resolución de la Presidencia del CSD el día 22 de junio de 2022.
Actuando ambas partes en el ejercicio de las competencias que respectivamente
tienen atribuidas y reconociéndose plena capacidad jurídica, en representación de los
organismos por cuya cuenta actúan,
cve: BOE-A-2024-23513
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 273
Martes 12 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 144277
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
23513
Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la Presidencia del Consejo
Superior de Deportes, por la que se publica el tercer Convenio con la
Federación Española de Luchas Olímpicas y Disciplinas Asociadas, para la
impartición por el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques
comunes del periodo transitorio de la oferta formativa del año 2024.
El Consejo Superior de Deportes y la Federación Española de Luchas Olímpicas y
Disciplinas Asociadas han suscrito, con fecha 2 de septiembre de 2024, un convenio
para la impartición por el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques
comunes del periodo transitorio de la oferta formativa 2024, por lo que conforme a lo
previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 16 de septiembre de 2024.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes,
José Manuel Rodríguez Uribes.
ANEXO
Tercer convenio entre el Consejo Superior de Deportes y la Federación Española
de Luchas Olímpicas y Disciplinas Asociadas, para la impartición por el Centro
Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques comunes del periodo
transitorio de la oferta formativa del año 2024
Madrid, 2 de septiembre de 2024.
De una parte, don Fernando Molinero Revert, Director General de Deportes del
Consejo Superior de Deportes (en adelante, CSD), en nombre y representación de este
organismo, en virtud del nombramiento acordado mediante Real Decreto 8/2023, de 10
de enero (BOE número 9, de 11 de enero) y de acuerdo con las facultades que le
confiere el artículo 1 de la Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Presidencia del
Consejo Superior de Deportes, por la que se delegan competencias.
De otra parte, don Javier Iglesias Serna con DNI ***7063**, Presidente de la
Federación Española de Luchas Olímpicas y Disciplinas Asociadas (en adelante,
Federación), y CIF: Q2878024E, cargo electivo que ostenta desde el nombramiento
efectuado por la Asamblea general del día 23 de enero de 2021, convenientemente
acreditado mediante certificación registral, y de acuerdo con las facultades que le
concede el artículo 25 de los Estatutos vigentes, ratificados por la Comisión Directiva del
CSD de acuerdo a lo establecido en el artículo 14.g) de la Ley 39/2022, de 30 de
diciembre, del Deporte, en sesión 14 de marzo de 2022, y publicados en el BOE por
Resolución de la Presidencia del CSD el día 22 de junio de 2022.
Actuando ambas partes en el ejercicio de las competencias que respectivamente
tienen atribuidas y reconociéndose plena capacidad jurídica, en representación de los
organismos por cuya cuenta actúan,
cve: BOE-A-2024-23513
Verificable en https://www.boe.es
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