Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-23426)
Real Decreto 1140/2024, de 11 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de diversas subvenciones en materia agroalimentaria y pesquera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273

Martes 12 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 143888

ANEXO I
Subvención a la Federación Nacional de Comunidades de Regantes (FENACORE)
1.

Actuaciones subvencionables, gastos subvencionables, instrucción, plazo de
realización de la actividad y, en su caso, requisitos específicos

Son actuaciones subvencionables las de formación, asesoramiento y apoyo.
Los gastos subvencionables son:
a)

Para formación:

1.º Realización de cursos para atender a las Comunidades de Regantes y a los
regantes de base en sus necesidades actuales y futuras en relación con el manejo de las
nuevas técnicas de regadío y las nuevas tecnologías informáticas: gestión eficaz del
agua y la energía, código de buen gobierno, reducción de la contaminación difusa,
control de parámetros medioambientales en agua y suelo, manejo de programas de
gestión para Comunidades de Regantes, la implantación de la Administración
Electrónica, etc.
2.º Realización de jornadas en diferentes ciudades para favorecer la formación y la
información de los regantes sobre temas de interés relacionados con el agua y la energía
en el regadío.
3.º Realización de eventos online.
Los gastos subvencionables para formación son los que permitan el cumplimiento de
tales actuaciones, dentro de los límites del cuadro siguiente:
Euros

Honorarios ponentes.

1.000

Desplazamiento y alojamiento ponentes.

1.000

Gastos cursos y eventos online.

1.000

Total.

3.000

Los gastos derivados de desplazamientos (viajes, alojamientos, manutención, etc.)
se ajustarán a los límites establecidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Para asesoramiento:

1.º Envío de circulares sobre legislación, jurisprudencia de aguas, noticias y
novedades del mundo del agua, publicaciones, etc.
2.º Asesoramiento legal y administrativo a las Comunidades de Regantes, mediante
un licenciado en Derecho y un administrativo que además de resolver las cuestiones que
se plantean desde las Comunidades de Regantes, sirven de enlace tanto entre éstas y
FENACORE como entre éstas y la Administración.
3.º Asesoramiento técnico a las Comunidades de Regantes, mediante un
Ingeniero Agrónomo, sobre manejo de las nuevas tecnologías de regadío, eficiencia
energética, etc.
4.º Asesoramiento a las Comunidades de Regantes para su digitalización, así como
el manejo de redes sociales.
5.º Edición de diferentes publicaciones y, especialmente, del Boletín Intercuencas,
que trimestralmente se remite con información de actualidad.

cve: BOE-A-2024-23426
Verificable en https://www.boe.es

b)