Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-23391)
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Gijón, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272
Lunes 11 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 143584
navegación, protección, prevención y medioambiente, y en particular las previstas en los
artículos 234 y 320 del TRLPEMM. Concretamente:
● Otorgar autorización expresa para utilización excepcional de la zona de maniobra
para depósito de mercancías (artículo 234.2 TRLPEMM).
● Exigir, por razones justificadas, la retirada de las mercancías u otros elementos
depositados en las zonas de tránsito y maniobra, señalando plazo suficiente para
realizarla (artículo 234.3 TRLPEMM).
● Acordar excepcionalmente, la retención de buques como medida cautelar, cuando
esta deba asumida con carácter inmediato (artículo 320 TRLPEMM).
Lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2025, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se hace público para general conocimiento.
cve: BOE-A-2024-23391
Verificable en https://www.boe.es
Gijón, 30 de octubre de 2024.–El Director General de la Autoridad Portuaria de Gijón,
José Manuel del Arco de Sousa.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 272
Lunes 11 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 143584
navegación, protección, prevención y medioambiente, y en particular las previstas en los
artículos 234 y 320 del TRLPEMM. Concretamente:
● Otorgar autorización expresa para utilización excepcional de la zona de maniobra
para depósito de mercancías (artículo 234.2 TRLPEMM).
● Exigir, por razones justificadas, la retirada de las mercancías u otros elementos
depositados en las zonas de tránsito y maniobra, señalando plazo suficiente para
realizarla (artículo 234.3 TRLPEMM).
● Acordar excepcionalmente, la retención de buques como medida cautelar, cuando
esta deba asumida con carácter inmediato (artículo 320 TRLPEMM).
Lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2025, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se hace público para general conocimiento.
cve: BOE-A-2024-23391
Verificable en https://www.boe.es
Gijón, 30 de octubre de 2024.–El Director General de la Autoridad Portuaria de Gijón,
José Manuel del Arco de Sousa.
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