Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-23407)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la ampliación, con una nueva posición, de la subestación Pesoz 400 kV, en Pesoz (Asturias).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272
Lunes 11 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 143689
La configuración y disposición general de la subestación de Pesoz 400 kV, tras la
actuación contemplada, será la siguiente:
− Calle 1:
• Posición 1: Reserva línea (sin equipar).
• Posición 2: Central calle 1 (sin equipar).
• Posición 3: Reserva FUT AT-1 (sin equipar).
− Calle 2:
• Posición 1: Boimente 2 (ya equipada).
• Posición 2: central calle 2 (ya equipada).
• Posición 3: EVRE (ya equipada).
− Calle 3:
• Posición 1: Sanzo 3 (a equipar).
• Posición 2: central calle 3 (ya equipada).
• Posición 3: Salas (ya equipada).
− Calle 4:
• Posición 1: Sanzo 1 (ya equipada).
• Posición 2: central calle 4 (ya equipada).
• Posición 3: El Palo (ya equipada).
− Calle 5:
• Posición 1: Boimente 1 (ya equipada).
• Posición 2: central calle 5 (ya equipada).
• Posición 3: Sanzo 2 (ya equipada).
Segundo.
Madrid, 29 de octubre de 2024.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.
cve: BOE-A-2024-23407
Verificable en https://www.boe.es
Otorgar a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa de construcción
para la ampliación, con una nueva posición, de la subestación Pesoz 400 kV, situada en
el término municipal de Pesoz, en la provincia de Asturias, en las condiciones especiales
contenidas en el anexo de la presente resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de
Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la
presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la
resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá
de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Núm. 272
Lunes 11 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 143689
La configuración y disposición general de la subestación de Pesoz 400 kV, tras la
actuación contemplada, será la siguiente:
− Calle 1:
• Posición 1: Reserva línea (sin equipar).
• Posición 2: Central calle 1 (sin equipar).
• Posición 3: Reserva FUT AT-1 (sin equipar).
− Calle 2:
• Posición 1: Boimente 2 (ya equipada).
• Posición 2: central calle 2 (ya equipada).
• Posición 3: EVRE (ya equipada).
− Calle 3:
• Posición 1: Sanzo 3 (a equipar).
• Posición 2: central calle 3 (ya equipada).
• Posición 3: Salas (ya equipada).
− Calle 4:
• Posición 1: Sanzo 1 (ya equipada).
• Posición 2: central calle 4 (ya equipada).
• Posición 3: El Palo (ya equipada).
− Calle 5:
• Posición 1: Boimente 1 (ya equipada).
• Posición 2: central calle 5 (ya equipada).
• Posición 3: Sanzo 2 (ya equipada).
Segundo.
Madrid, 29 de octubre de 2024.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.
cve: BOE-A-2024-23407
Verificable en https://www.boe.es
Otorgar a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa de construcción
para la ampliación, con una nueva posición, de la subestación Pesoz 400 kV, situada en
el término municipal de Pesoz, en la provincia de Asturias, en las condiciones especiales
contenidas en el anexo de la presente resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de
Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la
presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la
resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá
de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.