Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-23402)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía Inagotable de Vela, SL, de autorización administrativa previa del parque eólico Vela de 49,5 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Huesca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272
Lunes 11 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 143666
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
23402
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía
Inagotable de Vela, SL, de autorización administrativa previa del parque
eólico Vela de 49,5 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de
evacuación, en la provincia de Huesca.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas en base a los siguientes
I.
Primero.
Hechos
Solicitud de autorización administrativa previa.
Energía Inagotable de Vela, SL, solicita, con fecha 28 de junio de 2021, autorización
administrativa previa del parque eólico Vela de 49,5 MW, junto con su infraestructura de
evacuación, consistente en las líneas eléctricas subterráneas de media tensión a 30 kV
hasta la subestación eléctrica transformadora SET Sena 30/400 kV (quedando la propia
SET Sena y el resto de la evacuación hasta la subestación eléctrica Rubí 400 kV de Red
Eléctrica de España fuera del alcance de la solicitud), en los términos municipales de
Villanueva de Sigena, en la provincia de Huesca (en adelante también, el proyecto).
Segundo.
Admisión a trámite.
Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto del parque eólico Vela y su infraestructura de evacuación, en la provincia de
Huesca, había sido presentada y admitida a trámite.
Asimismo, esta Dirección General, con fecha 24 de julio de 2021, dictó acuerdo de
acumulación para la tramitación conjunta de los parques eólicos Maia, Vela y Octante
junto con sus infraestructuras de evacuación, con código de expediente acumulado
PEol-577-AC.
Esta Dirección General da traslado del expediente a las respectivas Áreas
Funcionales de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona y de
la Subdelegación del Gobierno en Huesca, como órganos competentes para la
tramitación del expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en el
artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y «Boletín Oficial de las provincias» afectadas, habiéndose solicitado
igualmente los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
cve: BOE-A-2024-23402
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Núm. 272
Lunes 11 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 143666
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
23402
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía
Inagotable de Vela, SL, de autorización administrativa previa del parque
eólico Vela de 49,5 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de
evacuación, en la provincia de Huesca.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas en base a los siguientes
I.
Primero.
Hechos
Solicitud de autorización administrativa previa.
Energía Inagotable de Vela, SL, solicita, con fecha 28 de junio de 2021, autorización
administrativa previa del parque eólico Vela de 49,5 MW, junto con su infraestructura de
evacuación, consistente en las líneas eléctricas subterráneas de media tensión a 30 kV
hasta la subestación eléctrica transformadora SET Sena 30/400 kV (quedando la propia
SET Sena y el resto de la evacuación hasta la subestación eléctrica Rubí 400 kV de Red
Eléctrica de España fuera del alcance de la solicitud), en los términos municipales de
Villanueva de Sigena, en la provincia de Huesca (en adelante también, el proyecto).
Segundo.
Admisión a trámite.
Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto del parque eólico Vela y su infraestructura de evacuación, en la provincia de
Huesca, había sido presentada y admitida a trámite.
Asimismo, esta Dirección General, con fecha 24 de julio de 2021, dictó acuerdo de
acumulación para la tramitación conjunta de los parques eólicos Maia, Vela y Octante
junto con sus infraestructuras de evacuación, con código de expediente acumulado
PEol-577-AC.
Esta Dirección General da traslado del expediente a las respectivas Áreas
Funcionales de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona y de
la Subdelegación del Gobierno en Huesca, como órganos competentes para la
tramitación del expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en el
artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y «Boletín Oficial de las provincias» afectadas, habiéndose solicitado
igualmente los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
cve: BOE-A-2024-23402
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.