Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-23401)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía Inagotable de Gomeisa, SL, de autorización administrativa previa del parque eólico Gomeisa de 49,5 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Huesca y Zaragoza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272
Lunes 11 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 143661
igualmente los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos
que deben presentar informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 29 de julio de 2022, se recibe el informe y el expediente de tramitación del
Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Aragón,
complementado posteriormente.
Cuarto. Evaluación de impacto ambiental practicada.
Con fecha 12 de agosto de 2022 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 28 de
agosto de 2023, Resolución por la que formula declaración de impacto ambiental
desfavorable para el parque eólico Gomeisa, junto con sus infraestructuras de
evacuación asociadas, concluyendo que dicho proyecto desde ser descartado por
cumplimiento de las directrices dadas por el Plan de Conservación del Hábitat del
cernícalo primilla, aprobado por el Decreto 233/2010 de 14 de diciembre del Gobierno de
Aragón, por lo que no es viable su implantación (en adelante, Declaración de Impacto
Ambiental desfavorable).
La citada resolución se encuentra disponible en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/boe/dias/2023/09/18/pdfs/BOE-A-2023-19638.pdf
Quinto. Acuerdo de desacumulación de expedientes.
Habiéndose formulado la declaración de impacto ambiental del proyecto acumulado,
esta Dirección General de Política Energética y Minas acuerda, con fecha 10 de
noviembre de 2023, la tramitación separada de los proyectos para la resolución definitiva
por separado de cada uno de ellos, quedando por tanto dicha acumulación sin efecto,
para así resolverse separadamente todos los procedimientos relativos a los expedientes
de autorización administrativa previa de los parques eólicos Zibal, Almaz, Gomeisa,
Lynx, Fulu, Tejat y Zosma, y sus infraestructuras de evacuación.
En consecuencia, el procedimiento de autorización administrativa del proyecto del
parque eólico Gomeisa, de 49,5 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de
evacuación, en las provincias de Huesca y Zaragoza, pasa a realizarse bajo el
expediente con código PEol-669.
Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación
de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación Rubí 400 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha de 31 de octubre de 2023 tiene entrada en el Registro de este Ministerio
escrito de Red Eléctrica de España, SAU por el que se comunica la caducidad de los
permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
cve: BOE-A-2024-23401
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.
Núm. 272
Lunes 11 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 143661
igualmente los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos
que deben presentar informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 29 de julio de 2022, se recibe el informe y el expediente de tramitación del
Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Aragón,
complementado posteriormente.
Cuarto. Evaluación de impacto ambiental practicada.
Con fecha 12 de agosto de 2022 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 28 de
agosto de 2023, Resolución por la que formula declaración de impacto ambiental
desfavorable para el parque eólico Gomeisa, junto con sus infraestructuras de
evacuación asociadas, concluyendo que dicho proyecto desde ser descartado por
cumplimiento de las directrices dadas por el Plan de Conservación del Hábitat del
cernícalo primilla, aprobado por el Decreto 233/2010 de 14 de diciembre del Gobierno de
Aragón, por lo que no es viable su implantación (en adelante, Declaración de Impacto
Ambiental desfavorable).
La citada resolución se encuentra disponible en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/boe/dias/2023/09/18/pdfs/BOE-A-2023-19638.pdf
Quinto. Acuerdo de desacumulación de expedientes.
Habiéndose formulado la declaración de impacto ambiental del proyecto acumulado,
esta Dirección General de Política Energética y Minas acuerda, con fecha 10 de
noviembre de 2023, la tramitación separada de los proyectos para la resolución definitiva
por separado de cada uno de ellos, quedando por tanto dicha acumulación sin efecto,
para así resolverse separadamente todos los procedimientos relativos a los expedientes
de autorización administrativa previa de los parques eólicos Zibal, Almaz, Gomeisa,
Lynx, Fulu, Tejat y Zosma, y sus infraestructuras de evacuación.
En consecuencia, el procedimiento de autorización administrativa del proyecto del
parque eólico Gomeisa, de 49,5 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de
evacuación, en las provincias de Huesca y Zaragoza, pasa a realizarse bajo el
expediente con código PEol-669.
Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación
de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación Rubí 400 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha de 31 de octubre de 2023 tiene entrada en el Registro de este Ministerio
escrito de Red Eléctrica de España, SAU por el que se comunica la caducidad de los
permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
cve: BOE-A-2024-23401
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.