Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-23397)
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Renovables Andalucía, SAU, la declaración, en concreto, de utilidad pública, para la instalación solar fotovoltaica «FV Caparacena», de 274,96 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Ventas de Huelma, Cacín, Chimeneas, Cijuela, Láchar, Pinos Puente, Valderrubio, Íllora y Atarfe (Granada).
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272

Lunes 11 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 143637

La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Granada emitió informe con fecha de 13 de septiembre de 2024.
El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, declara de utilidad pública las
instalaciones eléctricas de generación a los efectos de expropiación forzosa de los
bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la
servidumbre de paso.
En virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, formarán parte de la
instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que incluyen la conexión con
la red de transporte o de distribución, y en su caso, la transformación de energía eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de
resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del
promotor, el cual ha respondido al mismo manifestando su conformidad y aceptación de
la propuesta, y aporta declaración responsable que acredita que la Relación de Bienes y
Derechos Afectados aportada y tramitada junto con la solicitud de Declaración de
Utilidad Pública (DUP) se corresponde con la configuración definitiva de los proyectos de
ejecución presentados y autorizados con fecha 23 de abril de 2024 mediante resolución
por la que se otorga a Iberdrola Renovables Andalucía, SAU, Autorización Administrativa
Previa de las modificaciones y Autorización Administrativa de Construcción del proyecto
«Parque Solar Fotovoltaico Caparacena, de 329,79 mwp/250 mwn, y su Infraestructura
de Evacuación en los TTMM de Cacín, Ventas de Huelma, Chimeneas, Cijuela, Láchar,
Pinos Puente, Valderrubio, Íllora y Atarfe (Granada), expediente Pfot-432.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación solar fotovoltaica «FV
Caparacena», de 274,96 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación,
ubicados en los términos municipales de Ventas de Huelma, Cacín, Chimeneas, Cijuela,
Láchar, Pinos Puente, Valderrubio, Íllora y Atarfe, en la provincia de Granada, con la
relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados presentados por
el promotor y publicada el 8 de junio de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado» y el 26 de
junio de 2024 en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, a los efectos previstos en
el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que
sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el
condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la
instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del
Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la
provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaria de Estado de
Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación
de la presente resolución, el último que se produzca.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 22 de octubre de 2024.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-23397
Verificable en https://www.boe.es

Único.