Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Ganadería. Control del rendimiento. (BOE-A-2024-23304)
Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publican las recomendaciones del Comité Internacional para el Control del Rendimiento Animal, de acuerdo con las instrucciones de aplicación de las mismas establecidas por la Comisión Nacional de Control Lechero.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271
Sábado 9 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 143130
2.2.2.3.2 Trasplante de embriones: En el caso de transplante de embriones se
consignará el código de identificación de los padres del embrión.
2.2.2.4 Diagnóstico de gestación. El diagnóstico de la gestación lo recogerá el
controlador autorizado o el responsable de realizar el autocontrol en la explotación, a
partir de los datos disponibles y registrados en la explotación. Los datos recogidos serán:
2.2.2.4.1
Tipo de diagnóstico.
a) Clínico: Es el realizado por los veterinarios, mediante medios técnicos
adecuados para realizar este tipo de prácticas.
b) Empírico: Cuando no se dispone del diagnóstico clínico, se procederá a
considerar preñada una cabra que no ha vuelto a salir al celo un mes después de
haberse inseminado.
2.2.2.4.2
Datos recogidos y codificación.
a) Fecha del diagnóstico: En el caso del diagnóstico clínico se registrará la fecha en
que se realizó el mismo, mientras que en el caso del diagnóstico empírico se consignará
la fecha correspondiente a un mes después de la última inseminación.
b) Resultado: mediante la siguiente codificación.
Código
Resultado
0
Negativo o cabra vacía.
1
Positivo o cabra preñada.
2.2.2.5 Datos relacionados con los partos. Dato recogido por el controlador
autorizado o responsable de realizar el autocontrol en la ganadería a partir de los datos
disponibles y registrados en la explotación. Los datos que se recogen por cabra son:
2.2.2.5.1 Dificultad al parto: La dificultad al parto se codificará de la siguiente
manera:
Código
Dificultad de parto
0
Sin evaluar.
1
Parto fácil (sin ayuda).
2
Parto normal (con ligera ayuda).
3
Parto difícil (fuerte tracción).
4
Cesárea o fetotomía con presentación normal.
5
Presentación anormal del cabrito, incluidas las cesáreas y las fetotomías debidas a este
problema.
Código
Retención de placenta
S
Retención a las 12 horas tras el parto.
N
No retención de placenta.
cve: BOE-A-2024-23304
Verificable en https://www.boe.es
2.2.2.5.2 Retención de placenta: este problema se codificará de la siguiente
manera:
Núm. 271
Sábado 9 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 143130
2.2.2.3.2 Trasplante de embriones: En el caso de transplante de embriones se
consignará el código de identificación de los padres del embrión.
2.2.2.4 Diagnóstico de gestación. El diagnóstico de la gestación lo recogerá el
controlador autorizado o el responsable de realizar el autocontrol en la explotación, a
partir de los datos disponibles y registrados en la explotación. Los datos recogidos serán:
2.2.2.4.1
Tipo de diagnóstico.
a) Clínico: Es el realizado por los veterinarios, mediante medios técnicos
adecuados para realizar este tipo de prácticas.
b) Empírico: Cuando no se dispone del diagnóstico clínico, se procederá a
considerar preñada una cabra que no ha vuelto a salir al celo un mes después de
haberse inseminado.
2.2.2.4.2
Datos recogidos y codificación.
a) Fecha del diagnóstico: En el caso del diagnóstico clínico se registrará la fecha en
que se realizó el mismo, mientras que en el caso del diagnóstico empírico se consignará
la fecha correspondiente a un mes después de la última inseminación.
b) Resultado: mediante la siguiente codificación.
Código
Resultado
0
Negativo o cabra vacía.
1
Positivo o cabra preñada.
2.2.2.5 Datos relacionados con los partos. Dato recogido por el controlador
autorizado o responsable de realizar el autocontrol en la ganadería a partir de los datos
disponibles y registrados en la explotación. Los datos que se recogen por cabra son:
2.2.2.5.1 Dificultad al parto: La dificultad al parto se codificará de la siguiente
manera:
Código
Dificultad de parto
0
Sin evaluar.
1
Parto fácil (sin ayuda).
2
Parto normal (con ligera ayuda).
3
Parto difícil (fuerte tracción).
4
Cesárea o fetotomía con presentación normal.
5
Presentación anormal del cabrito, incluidas las cesáreas y las fetotomías debidas a este
problema.
Código
Retención de placenta
S
Retención a las 12 horas tras el parto.
N
No retención de placenta.
cve: BOE-A-2024-23304
Verificable en https://www.boe.es
2.2.2.5.2 Retención de placenta: este problema se codificará de la siguiente
manera: