Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-23320)
Resolución de 28 de octubre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alicante, para el desarrollo de Programas de Máster Universitario, prácticas académicas externas y trabajos fin de máster, en el que asume las obligaciones de la Seguridad Social la Universidad de Alicante.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271
Sábado 9 de noviembre de 2024
Undécima.
Sec. III. Pág. 143274
Resolución de controversias.
La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y
ejecución del presente convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes,
a través de la comisión de seguimiento prevista en el mismo. Si no fuera posible alcanzar
dicho acuerdo, estas cuestiones serán sometidas al Orden Jurisdiccional de lo
Contencioso-Administrativo.
Duodécima.
Procedimiento para la modificación o extinción de planes de estudio.
La modificación y/o extinción del plan de estudios del Máster se coordinará a través
de la Universidad. En caso de extinción, ésta se producirá gradualmente y se garantizará
el derecho del alumnado a finalizar los estudios por él iniciados.
Decimotercera. Modificación del convenio.
Cualquier modificación que altere lo establecido en el presente convenio habrá de
ser pactada para ser válida, y se formalizará mediante adenda que será firmada por las
partes.
Decimocuarta.
Resolución de convenios anteriores.
Conforme al artículo 51.2.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, se acuerda resolver el convenio suscrito por los firmantes el 21 de
enero de 2021, dando lugar a su liquidación y extinción desde su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» previa inscripción en el registro electrónico estatal de
órganos e instrumentos de cooperación. Si en la fecha de resolución se encontrase en
desarrollo algún programa de prácticas de Master amparado en el mencionado convenio,
se mantendrán los compromisos adquiridos hasta la finalización de estas prácticas.
Desde la fecha en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al firmado por las partes el 21 de enero de 2021, convenio que por
consiguiente se declara resuelto, liquidado y extinto.
cve: BOE-A-2024-23320
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo acordado, ambas
partes firman electrónicamente el presente convenio, constando como fecha de
suscripción la última realizada, el 25 de octubre de 2024.–El Vicepresidente de
Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, M.P., Carlos Closa Montero.–La Vicerrectora de Estudiantes
y Empleabilidad de la Universidad de Alicante, Rosario Ferrer Cascales, por delegación
del rector en funciones, Juan Mora Pastor.
Núm. 271
Sábado 9 de noviembre de 2024
Undécima.
Sec. III. Pág. 143274
Resolución de controversias.
La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y
ejecución del presente convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes,
a través de la comisión de seguimiento prevista en el mismo. Si no fuera posible alcanzar
dicho acuerdo, estas cuestiones serán sometidas al Orden Jurisdiccional de lo
Contencioso-Administrativo.
Duodécima.
Procedimiento para la modificación o extinción de planes de estudio.
La modificación y/o extinción del plan de estudios del Máster se coordinará a través
de la Universidad. En caso de extinción, ésta se producirá gradualmente y se garantizará
el derecho del alumnado a finalizar los estudios por él iniciados.
Decimotercera. Modificación del convenio.
Cualquier modificación que altere lo establecido en el presente convenio habrá de
ser pactada para ser válida, y se formalizará mediante adenda que será firmada por las
partes.
Decimocuarta.
Resolución de convenios anteriores.
Conforme al artículo 51.2.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, se acuerda resolver el convenio suscrito por los firmantes el 21 de
enero de 2021, dando lugar a su liquidación y extinción desde su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» previa inscripción en el registro electrónico estatal de
órganos e instrumentos de cooperación. Si en la fecha de resolución se encontrase en
desarrollo algún programa de prácticas de Master amparado en el mencionado convenio,
se mantendrán los compromisos adquiridos hasta la finalización de estas prácticas.
Desde la fecha en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al firmado por las partes el 21 de enero de 2021, convenio que por
consiguiente se declara resuelto, liquidado y extinto.
cve: BOE-A-2024-23320
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo acordado, ambas
partes firman electrónicamente el presente convenio, constando como fecha de
suscripción la última realizada, el 25 de octubre de 2024.–El Vicepresidente de
Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, M.P., Carlos Closa Montero.–La Vicerrectora de Estudiantes
y Empleabilidad de la Universidad de Alicante, Rosario Ferrer Cascales, por delegación
del rector en funciones, Juan Mora Pastor.